A federaciones y ligas profesionales

El Senado cambia la ley del deporte para endurecer el castigo por falta de planes de igualdad y contra el acoso

La aprobación de una enmienda de Junts en el Senado ha propiciado que la falta de plan de igualdad o de protocolo contra el acoso en federaciones y ligas deportivas se tipifique como infracción "muy grave" y no como "grave", como se decía en los primeros borradores del proyecto

Alexia Putellas ofrece el Balón de Oro a la afición en un partido con la selección femenina.

Alexia Putellas ofrece el Balón de Oro a la afición en un partido con la selección femenina. / EFE

Ángel Alonso Giménez

El pasado 13 de diciembre, en el Senado, la enmienda número 38 cambió el proyecto de ley del deporte. 144 votos a favor lo propiciaron. En el Congreso, nueve días después, la modificación, leve modificación, quedó consolidada. Luce en el Boletín Oficial de las Cortes, que este miércoles publicó el texto definitivo de la norma, ya aprobada.

El cambio, tal y como explicaron la senadora Assumpció Castellví y la diputada Pilar Calvo, ambas de Junts, la formación impulsora de la enmienda, atendía así a las reclamaciones de los sindicatos de jugadoras, que no es que fueran muy exigentes ni alambicadas. Revisado el borrador del proyecto, se trataba de suprimir un punto del artículo 105 y añadirlo al listado de puntos del 104. Se trataba, por ir al grano, de convertir una infracción grave en una infracción muy grave. Objetivo cumplido.

“La no realización del informe anual de igualdad, así como no contar con los protocolos a los que se refiere el artículo 4” de la ley. He aquí el punto de sale de un precepto y que se incorpora a otro. Esto es lo que a partir de ahora será, también, infracción muy grave y lo que a partir de ahora se sancionará como tal. 

Atañe a las federaciones deportivas y a las ligas profesionales, según refiere el citado artículo 4 de la nueva ley del deporte. En este apartado de la norma se dice que tales entidades “estarán obligadas a realizar un informe anual de igualdad entre mujeres y hombres respecto de las competiciones que organicen”. El documento lo recibirán el Consejo Superior de Deportes, el Instituto de las Mujeres y el Consejo para la Eliminación de la Discriminación Racial o Étnica.

No sólo habrán de redactar un plan de igualdad, sino además “un protocolo de prevención y actuación para situaciones de discriminación, abusos o acoso sexual y acoso por razón de sexo o autoridad”. Cualquier actitud o acción en esta línea habrá de comunicarse al Consejo Superior de Deportes. 

Ambas carencias, las de los informes, tipificadas como infracciones graves en el proyecto que salió del Consejo de Ministros y en el que aprobó el Congreso apenas unos días antes de su aterrizaje en el Senado, son ahora infracciones muy graves, y esto supondrá que si una federación o liga profesional deportiva incurre en ellas podrá ser multada con más de 3.000 euros, con pérdida de puntos o puestos en la clasificación, con incluso la pérdida de categoría o división; con la celebración de un evento a puerta cerrada y hasta con la clausura del recinto o estadio durante la temporada completa, como máximo.

Hay más castigos, algunos contundentes, si bien la regulación determina que la aplicación de los mismos serán proporcionados respecto a la infracción. Con la norma en la mano, el órgano competente podrá también prohibir el acceso a estadios donde se desarrollen las pruebas; eliminar los derechos que, como socio de la entidad, correspondan al infractor; e inhabilitar y suspender licencias.

En resumen, un elenco de medidas sancionadoras que en los primeros borradores de la ley, antes de su aprobación, eran más leves. Gracias al Senado, no serán tan leves.

Cambios LGTBI+

La Cámara Alta, como es habitual en los últimos tiempos, tramitó el proyecto de ley del deporte en unas pocas semanas. Los grupos registraron un alud de enmiendas y en prácticamente 24 horas la ponencia y la Comisión concernida, la de Cultura y Deporte, las zanjó. El pleno se encargó de hacer el resto.

Como es preceptivo, una vez aprobadas las modificaciones en el Senado, el proyecto regresó al Congreso para que los diputados/as dieran su parecer. Avalaron todas las enmiendas cursadas por la otra sede del Parlamento español. El 22 de diciembre, las votaron previo debate. 

Entre esos cambios, destacan los que refuerzan uno de los pilares del texto: la igualdad y la lucha contra cualquier atisbo de discriminación por razones de género, raza o etnia. En el Senado, a pesar de los ritmos de tramitación tan trastabillados, los grupos lograron que el artículo 7, sobre la práctica deportiva de los menores de edad, incluya la exigencia a los poderes públicos y a las entidades deportivas de garantizar “un marco de protección y seguridad” LGTBI+ que, además de velar por su bienestar emocional, preservará el derecho a la intimidad.

El poder del CSD y un aviso de Unidas Podemos

Entre los derechos de los deportistas de alto nivel estará “la orientación y apoyo para el desarrollo de la carrera dual ajustada a cada perfil”, y “según la etapa de la carrera deportiva”. Es sabido que la dedicación a una determinada disciplina limita, cuando no suspende, la formación académica o formación profesional. En asegurar la disposición de ambos itinerarios descansa uno de los cambios propiciados por el Senado.

De hecho, como recoge el artículo 27, será un derecho de los deportistas profesionales el “reconocimiento de medidas de protección laboral específicas que permitan su reincorporación” a un puesto de trabajo una vez terminadas sus carreras deportivas. Existen programas ya al respecto, pero el blindaje por ley movilizará a las administraciones públicas, y por tanto, al sector empresarial.

El Consejo Superior de Deportes es el máximo organismo de supervisión del deporte en España. La ley engrandece su papel. Dentro del artículo 60, respecto al “código de buen gobierno”, la entidad que dirige José Manuel Franco se dotará de mecanismos de evaluación” de sus labores de vigilancia, lo que implicará trazar canales de denuncia y comunicación y construir un régimen sancionador.

Además, el Gobierno se asegura mediante la ley que el CSD sea árbitro en aquellas situaciones en las que la falta de convenio entre federación y liga profesional ponga en peligro la competición correspondiente. De hecho, si surgiera un caso de creación de nueva liga sin convenio entre las partes, asumirá funciones como la definición de los sistemas de ascensos y descensos, los repartos de los ingresos, la concreción del calendario y la configuración de un modelo disciplinario y otro de resolución de conflictos.

Cada uno de los cambios, como se ha contado ya, tuvo el aval del Congreso, y por tanto, entrarán en vigor y serán de obligado cumplimiento. Que la mayoría parlamentaria se haya alineado no evitó algunas tensiones. El día en que el pleno del Congreso hubo de corroborar, o descartar, las enmiendas del Senado, Unidas Podemos protestó por la modificación de la disposición final sexta, reguladora de las profesiones del deporte.

Emplaza al Gobierno a presentar dentro de seis meses un proyecto acerca de dichas profesiones y las competencias aparejadas, sin menoscabo de los ámbitos autonómicos. El Senado añadió que en ese texto se explicitará “la reserva de actividad de la profesión titulada y colegiada de los Licenciados en Educación Física y en Ciencias de la Actividad Física y del Deporte”, que se llamarán “educadoras y educadores físico deportivos”. Se accederá a ella mediante “Grado universitario en Ciencias de la Actividad Física y del Deporte, licenciaturas en Educación Física y en Ciencias de la Actividad Física y del Deporte o titulación homologada”.

Como dijo en la sesión del pleno del 22 de diciembre la diputada de Unidas Podemos Antonia Jover, dicha reserva abarca a apenas el 40 por ciento de los profesionales, ya que excluye a psicólogos y médicos deportivos. Lanzó esta advertencia: “señorías del PSOE y del PP, están preparando un ERTE a 182.000 trabajadores del sector”.