Así puedes librarte de la mesa electoral si tienes vacaciones contratadas

Los vuelos y hoteles contratados para el 23 de julio pueden justificar la ausencia en la mesa electoral, siempre y cuando se cumplan algunos requisitos

La derrota socialista en las elecciones autonómicas y municipales del 28M empujó a Pedro Sánchez a tomar una decisión para muchos inesperada: adelantar las elecciones generales al 23 de julio. Un anuncio que llegó en menos de 24 horas de conocer el resultado de los comicios y que ha puesto sobre la mesa de muchas familias un gran interrogante: ¿puedo librarme de una mesa electoral si ya he reservado mis vacaciones?

Lo cierto es que la noticia despertó gran revuelo entre los ciudadanos, los dirigentes políticos que optan a la Presidencia del Gobierno y los profesionales de la comunicación, que cuentan con muy poco tiempo para preparar la cobertura de esta ambiciosa (y todavía más tensionada) campaña electoral. La viral reacción de la periodista Ángels Barceló durante el anunció de Sánchez es fiel retrato del espíritu de estos días.

Pero no solo por el futuro político de España, sino por lo complicado de estas fechas, en las que muchas personas ya han organizado su viaje por vacaciones. Una circunstancia que puede torcerse si son llamados a las urnas en calidad de presidente o vocal con la consiguiente renuncia del vuelo y hotel. Perder las vacaciones (y el dinero que suponen) no es agrado de nadie pese a cumplir con el deber democrático.

¿Cómo sabré si soy miembro de la mesa?

Este martes, 27 de junio, ha tenido lugar en Zaragoza el sorteo de las mesas electorales. En el caso de Huesca y Teruel, se celebró el lunes. A partir de este momento, tal y como recoge la Ley Orgánica del Régimen Electoral General (LOREG), las personas seleccionadas para formar parte de la mesa electoral deben recibir la notificación "en el plazo de tres días". 

Este comunicado es enviado a través de correo certicado, por lo que debe entregarse al propio titular: el ciudadano designado como presidente, vocal o suplente de mesa. En caso de que el titular no reciba la notificación (o no se encuentre en el domicilio) será la Policía Local la encargada de localizar a la persona y entregársela personalmente.

Si la Policía tampoco localiza al ciudadano designado como miembro, se dejará un comunicado en el buzón en el que se pida recoger la carta en una oficina de Correos y se notificarán los hechos a la Junta Electoral Central.

A partir de este momento, los ciudadde qanos disponen de siete días para alegar ante la Junta Electoral de Zona la causa justificada y documentada que les impida la aceptación del cargo. La Junta resolverá en cinco días y comunicará al interesado su decisión.

Casos que te eximen de ser presidente o vocal

La Junta Electoral Central emitió en 2011 una instrucción con una lista de supuestos en los que estaría justificada la excusa de la persona designada. Una lista que, no obstante, está abierta.

Entre las distintas causas que se pueden alegar, se distingue entre motivos personales, familiares o profesionales. En algunos casos no hay duda sobre la justificación para no acudir, por lo que solo hay que acreditar la circunstancia.

En cualquier caso, aprovechando que se trata del mismo prodecimiento que en las elecciones autonómicas y municipales del 28M, no está de más recordar los motivos que eximían de ser presidente o vocal de mesa en los comicios del 28M. Sin embargo, este año existe una novedad en torno a las vacaciones contratadas.

Entonces... ¿puedo librarme si estoy de vacaciones?

El anuncio de Sánchez sembró un mar de dudas en miles de hogares españoles, que ya habían contratado (o tenían previsto) irse de vacaciones se la semana de las elecciones generales. La principal preocupación, ser designado para la mesa electoral.

Por este motivo, la Junta Electoral Central decidió incluir una novedad entre las causas que eximen estar en la mesa: tener vacaciones contratadas. Sin embargo, existen matices, pues solo podrán alegar esta razón quienes hayan contrado su vuelo u hotel antes del 30 de mayo, y siempre y cuando su cancelación suponga un "grave perjuicio económico".

A partir de aquí, será la Junta Electoral de Zona la que decide si se admite o no la alegación. En caso de que uno reciba el comunicado de que tiene que estar en mesa electoral, pero ya ha pagado su hotel o vuelo, es fundamental presentar toda la documentación y acreditar las circunstancias por las que se pide no estar en la mesa electoral. Cuanta más información, mejor, aunque esta no garantice al cien por cien evitar esta labor.