Tribunales
La jueza rechaza citar a declarar al anterior jefe de los Mossos por la huida de Puigdemont
Un juzgado acumula la investigación contra los agentes de la policía de la Generalitat acusados de ayudar al expresident el pasado 8 de agosto en su regreso y posterior huida en Barcelona

Carles Puigdemont, en su regreso efímero a Catalunya el pasado 8 de agosto. / JORDI COTRINA
La jueza que investiga a los tres mossos que presuntamente colaboraron con la huida del expresidente Carles Puigdemont el día de la investidura de Salvador Illa, el pasado 8 de agosto, ha rechazado citar a declarar a la que entonces era cúpula de la policía de la Generalitat en esos momentos, encabezada por el comisario jefe Eduard Sallent, y a policías de este cuerpo que participaron en el dispositivo, según fuentes judiciales. Este miércoles ha comparecido en el Juzgado de Instrucción número 24 de Barcelona uno de los tres agentes que fueron detenidos después de que se constatara que Puigdemont había salido de España tras aparecer en un acto en el Arc de Triomf de Barcelona.
Este juzgado ha acumulado la investigación contra los tres agentes acusados de presunto encubrimiento, aunque, por ahora, solo ha citado a declarar a uno, Jordi R., el que ha comparecido este miércoles. El segundo lo hizo después de ser arrestado en el juzgado de guardia y, el tercero, todavía no ha dado su versión ante la justicia.
El mosso que se ha personado este miércoles en el juzgado se ha acogido a su derecho a no declarar. Sus abogados, César Lagronigro y Judit Rosell, han aclarado que "se ha visto obligado" a ello por dos motivos: que la jueza denegó las pruebas que la defensa había solicitado, como es la declaración de la entonces cúpula de los Mossos y la petición a la Guardia Civil, Policía Nacional y Guardia Urbana para que informaran sobre las órdenes que habían dado ese día, y por no haberles entregado la causa entera para poder estudiarla. La defensa de este policía ha presentado un recurso ante la Audiencia de la Barcelona por la negativa a practicarse esta prueba.
El mosso que ha sido citado como imputado es quien, según la investigación realizada por Asuntos Internos de la policía de la Generalitat, es el titular del vehículo en el que se montó Puigdemont tras su breve comparecencia en el paseo de Lluís Companys. Este coche, según fuentes de la defensa, lo tenía desde hacía dos años una amiga suya, que es quien lo conducía ese 8 de agosto, aunque no se había cambiado formalmente su titularidad. Se lo había dado a cambio de una furgoneta. El policía, han precisado las mismas fuentes, estaba de baja desde hacía dos años. La defensa sostiene que no se ha cometido ningún delito de encubrimiento, pues esta acción no se contempla en la malversación de fondos, que es por lo que está encausado Puigdemont.
Una sola causa
Por ahora, no se ha acumulado a esta causa abierta para investigar a los tres mossos detenidos una denuncia de Alvise Pérez, ni la deducción de testimonio remitida por el juez instructor del ‘procés’ en el Tribunal Supremo Pablo Llarena, “a los efectos legales oportunos”, los informes aportados por los Mossos d’Esquadra y el Ministerio del Interior que explican las razones por las que Puigdemont no fue detenido cuando apareció públicamente en Barcelona, pese a tener una orden de detención en vigor por su responsabilidad en el 'procés'.
Según el magistrado del alto tribunal, lo expuesto en esos informes “impide excluir la participación de otros responsables no aparentes en los delitos previstos en los artículos 408 y 451.3º b del Código Penal”. El primero castiga "la autoridad o funcionario que, faltando a la obligación de su cargo, dejaré intencionadamente de promover la persecución de los delitos de que tenga noticia o de sus responsables", con una "pena de inhabilitación especial para empleo o cargo público por tiempo de seis meses a dos años". El segundo castiga al que, "con conocimiento de la comisión de un delito y sin haber intervenido en el mismo como autor o cómplice, interviniere con posterioridad a su ejecución abusando de funciones públicas".
Explicación detallada
En su providencia, Llarena señala que "los informes aportan una explicación detallada de las circunstancias en las que se produjo la aparición pública del procesado rebelde en Barcelona", el día en que se celebraba el debate de investidura del presidente de la Generalitat, Salvador Illa. También incluye "las razones por las que no se detectó su entrada y salida de España y no pudo materializarse su detención, al pensar que acudiría al Parlament".
En todo caso, añade el juez, “pese a expresarse en el informe autonómico la dificultad de abordar la detención del procesado en el seno de la aglomeración de personas a la que se incorporó y pese a indicar la posible participación de tres individuos en la fuga, los informes no reflejan impedimentos para que el dispositivo policial pudiera abordar la detección del procesado rebelde en su tránsito hasta el lugar donde se unió a esa aglomeración de personas que le esperaban, ni la imposibilidad de abordar con efectividad su posterior seguimiento y alcance, hasta el punto de que se materializó su fuga del territorio nacional”.
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