Vista clave antes de ir al TC
Puigdemont pide que sea el TSJC quien le aplique la amnistía y Vox dice ahora que el 1-O hubo financiación ilegal
El abogado del expresidente catalán argumenta que Comín no es eurodiputado y que por tanto Llarena no es el juez competente
La Fiscalía califica de "artificiosa construcción" e "invento" el enriquecimiento personal por el que el Supremo no aplica la amnistía

Carles Puigdemont y Toni Comín / Glòria Sánchez - Europa Press

Los magistrados del Supremo Vicente Magro, Eduardo de Porres y Susana Polo serán quienes pronunciarán la última palabra en el alto tribunal sobre la aplicación de la amnistía al delito de malversación por el que se condenó a los líderes del 'procés' y se procesó en rebeldía al expresidente de la Generalitat Carles Puigdemont y los 'exconsellers' Toni Comín y Lluís Puig. Su primera decisión pasará por determinar si el alto tribunal sigue siendo competente para pronunciarse, una vez que Gonzalo Boye, abogado de los dos primeros, ha reclamado que se envíe el asunto al Tribunal Superior de Justicia de la Catalunya (TSJC), al ser Puigdemont y Puig diputados del Parlament y no haberse reconocido a Comín la condición de eurodiputado, por no haber jurado la Constitución.
Enfrente de él se sentaron la teniente fiscal del Tribunal Supremo, Ángeles Sánchez Conde, la abogada del Estado y la acusación que ejerce Vox, cuya abogada, Marta Castro, fue la única que defendió la decisión del juez Pablo Llarena de no aplicar la amnistía a los procesados por malversación. El mismo día en que se ha sabido que Anticorrupción investiga al partido de Santiago Abascal por si se hubiera financiado ilegalmente, la letrada ha comparado por primera vez la malversación del 1-O con este delito. "¿Cómo podemos desvincular estos hechos de una posible financiación ilegal de los partidos que han impulsado estos fines ilícitos?", se preguntó Castro durante su exposición, lo que hizo que Boye, al terminar la vista le llamara la atención por el día que había elegido para introducir un nuevo delito a lo ocurrido en 2017.
Boye, en nombre de Puigdemont y de Comín, dedicó buena parte de su intervención a argumentar que debe ser el TSJC el juez competente para pronunciarse sobre la aplicación de la amnistía de Puigdemont, Comín y Puig y para asegurar que "en ocho años" que se ha prolongado el procedimiento nunca se había alegado la afectación de los intereses de la Unión Europea esgrimida también por el juez instructor, Pablo Llarena, en el auto en el que rechazó aplicar la medida de gracia a la malversación.
Jaume Alonso-Cuevillas, en nombre del que era 'conseller' de Cultura Lluís Puig, apeló directamente a los tres magistrados. "Los libros de historia explicarán que hubo un conflicto territorial entre España y parte de su territorio y hubo una voluntad política de tratar de normalizar la situación y se dictó está ley, que se acabará aplicando. Pero se dirá que un grupo de magistrados intentó torpedearla. En vuestras manos está cómo queréis que se os recuerde", afirmó.
Tanto Llarena como el tribunal que juzgó el 'procés' consideraron que el delito de malversación de caudales públicos entraba dentro de las excepciones previstas por la propia ley de amnistía, al suponer una forma de enriquecimiento personal, expresamente vetada por la norma. Solo una de las juezas que participó en el juicio, Ana Ferrer, se mostró favorable de aplicar la amnistía, al considerar que esa era la intención de la ley salida de las Cortes.
Marta Castro, en nombre de la acusación que ejerce Vox, argumentó que "si la desviación de fondos públicos con fines políticos es malversación", no puede verse beneficiada por la amnistía, lo que debe extenderse también a la desobediencia por la que se procesó a la exsecretaria general de ERC Marta Rovira, al derogarse la sedición. Según la abogada, la "propia ley de amnistía en su conjunto, en su espíritu, vulnera el principio de seguridad jurídica, de legalidad, de previsibilidad y la igualdad ante la ley con efectos retroactivos", como considera que han entendido tanto el Supremo como el TSJC al elevar al Constitucional varias cuestiones de inconstitucionalidad.
También recordó que el Tribunal de Cuentas acudió directamente al Tribunal de Justicia de la Unión Europea por entender afectados los intereses europeos y se preguntó cómo la Fiscalía iba a explicar el dejar de perseguir lo que considera una forma de "financiación ilegal", para no cambiar lo que ocurrió y declaró probado la sentencia del 'procés'.
"Artificiosa construcción"
No tuvo que esperar mucho para salir de dudas. La teniente fiscal del Supremo sin levantar la voz mostró su lado más duro con los magistrados del Supremo: calificó de "invento el enriquecimiento personal" alegado para no aplicar la amnistía y de "sorprendente" que se considere ahora beneficio patrimonial lo destinado al referéndum ilegal, cuando "nadie nunca tuvo por acreditado que la actuación fuera" para ello. En esta misma línea sostuvo que "no puede ser considerado con seriedad" que ahora se entienda un enriquecimiento patrimonial para negarles la amnistía, cuando lograr un beneficio personal nunca fue "el fin" perseguidos por "los autores", y su actuación les iba a suponer "sufrir una extensa pena privativa de libertad, ser despojados de sus medios de vida y acabar arruinados".
La representante del ministerio público añadió que el que la consulta fuera organizada "desde los órganos políticos y financiado con fondos públicos era condición necesaria para que gozara de legitimidad". Pero que "cualquier persona que sepa leer las normas y conozca los hechos de esta causa" debe entender que la ley de amnistía debe aplicarse a la malversación.
Por su parte, el abogado Iñigo Iruin, defensor de Marta Rovira, se opuso al recurso que interpuso Vox contra el auto de Llarena y recordó que la ley de amnistía incluye "incuestionablemente" la desobediencia, lo que le permitió regresar a España tras la derogación de la sedición y el archivo de Tsunami Democràtic. Llarena declaró que la desobediencia sí estaba incluida en la amnistía, pero iniciaba los trámites para llevar la propia ley al TC. El procedimiento quedó paralizado a la espera de que la corte de garantías resuelva la única cuestión de inconstitucionalidad que elevó el Supremo, la relativa al delito de atentado contra la autoridad.
Al Constitucional
El Constitucional ya tiene encima de la mesa los recursos de amparo interpuestos por el presidente de ERC, Oriol Junqueras, y el resto de líderes independentistas por el 1-O condenados por el delito de malversación, Jordi Turull, Raül Romeva y Dolors Bassa. Para que Puigdemont, Comín y Puig puedan también acudir al Tribunal Constitucional es imprescindible que la Sala de Apelación resuelva los recursos que ha estudiado en la vista de este lunes. De hacer caso a la principal alegación del abogado de Puigdemont y acordar remitir al TSJC la aplicación de la amnistía, la presentación del recurso de amparo de los procesados en rebeldía aún se demorará más, para que se pronuncie el tribunal catalán.
El TC tiene previsto resolver lo antes posible el recurso del PP presentado contra la amnistía, al entender que en él se encuentran todos los motivos de impugnación de la ley posibles. Con esa resolución marcará el camino del resto de impugnaciones que tiene entre manos: los recursos de inconstitucionalidad interpuestos por las comunidades que gobierna el partido de Alberto Núñez Feijóo y Castilla-La Mancha, las cuestiones de inconstitucionalidad presentadas por el Supremo, la Audiencia de Madrid y el TSJC y los amparos de los condenados y los procesados.
El Tribunal Supremo se reserva la baza de acudir al TJUE, a través de una cuestión prejudicial, si el TC no le da la razón. Argumenta que, aparte de no respetar la carta magna española, la amnistía también afectaría a los intereses de la Unión por los segundos de desconexión que ve ahora que se produjeron en octubre de 2017.
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