Tribunales

La Fiscalía Superior de Cataluña se opone al indulto de Laura Borràs

La fiscal sostiene que la dirigente de Junts no ha mostrado ningún arrepentimiento, sino todo lo contrario, se ha presentado como víctima de una persecución política

Laura Borràs, a su llegada a la Audiencia de Barcelona.

Laura Borràs, a su llegada a la Audiencia de Barcelona. / Elisenda Pons

Barcelona

La Fiscalía Superior de Justícia de Catalunya se opone a que el Gobierno conceda el indulto a Laura Borràs, condenada a cuatro años y medio de cárcel por adjudicar contratos a dedo a un amigo cuando dirigía la Institució de les Lletres Catalanes (ILC).  En su informe, la fiscal Assumpta Pujol sostiene que "la conducta delictiva" de la dirigente de Junts "es claramente merecedora" de las penas impuestas y que es necesario su cumplimiento para evitar la comisión de nuevos delitos y "afianzar la credibilidad en el sistema judicial y en el buen funcionamiento de las instituciones". En su informe destaca que Borràs no ha dado muestras de arrepentimiento, sino todo lo contrario, ha asegurado que se le ha perseguido por sus ideas políticas.

La acusación pública argumenta que los hechos responden "a una actitud de abuso de poder con la finalidad de favorecer el lucro de un amigo en perjuicio de los terceros que habrían podido concurrir de no haberse actuado al margen de la ley". Por lo tanto, en su opinión, es "corrupción administrativa y por ende difícilmente susceptible de beneficiarse" del indulto. El informe precisa que "la corrupción se percibe como un fenómeno extraordinariamente perjudicial para la sociedad que pone en peligro la propia democracia, al comportar un menoscabo de la confianza de los ciudadanos en el gobierno y en las instituciones públicas, que las observan como incapaces de ejecutar políticas públicas y ofrecer servicios públicos de calidad"-

La fiscal recuerda que la Constitución dispone que las penas de prisión están orientadas a la reinserción social y alega que su cumplimiento solo deja de ser necesario cuando el condenado "haya adquirido la capacidad de comprender y respetar la ley, procurando mantener o adquirir pautas de comportamiento y convivencia aceptadas por la sociedad". En este sentido, la acusación subraya que "las circunstancias concretas" que concurren en Borràs permiten afirmar, "sin grandes esfuerzos argumentativos", el fracaso de los fines de prevención.

La responsabilidad

El informe incide en que "no existe ningún comportamiento" en la dirigente de Junts que "permita inferir una mínima aceptación de la conducta delictiva perpetrada y un propósito decidido de no reincidir". En este sentido, la fiscal recalca que Borràs "no ha aceptado en ningún momento su responsabilidad, no reconoce haber actuado al margen de la ley, ni ha exteriorizado el más mínimo signo de arrepentimiento". Por el contrario, destaca, "son constantes y contumaces" sus manifestaciones públicas "negando su responsabilidad en el delito, reivindicando su inocencia, deslegitimando la actuación jurisdiccional y, afirmando, sin el más mínimo rubor, haber sido víctima de una persecución judicial por sus ideas políticas", por lo que "se presenta como víctima de lawfare quien ha cometido el delito con absoluto abuso de autoridad y menosprecio a legalidad".

"Reiteramos que estamos ante hechos delictivos enmarcados en el ámbito de la corrupción, cuyo perdón del cumplimiento total o parcial de la pena, afecta de forma negativa a la percepción de la justicia, alimentando la creencia que la ley es inefectiva o que la justicia es arbitraria, lo que podría fomentar la comisión de nuevos delitos, a la vez que genera una desconfianza generalizada de los ciudadanos sobre la administración de justicia", insiste la fiscalía.

El Supremo

El Tribunal Supremo confirmó en febrero la condena por prevaricación y falsedad documental impuesta a Borràs de cuatro años y medio de prisión y 13 de inhabilitación, además de una multa de 36.000 euros, por fraccionar contratos para adjudicarlos a dedo a un amigo cuando dirigía la ILC entre 2013 y 2018. Los magistrados del TSJC que juzgaron a Borràs solicitaron en su sentencia al Gobierno que se le otorgara el indulto parcial, rebajando la condena a dos años, al considerar "excesiva la duración de la pena privativa de libertad". El tribunal se justificó aludiendo que "en ningún caso" el delito de falsedad puede castigarse con menos de cuatro años porque así lo recoge el Código Penal. Si se le rebajara la pena a dos años, la dirigente de Junts podría evitar ingresar en la cárcel. La fiscalía, sin embargo, no aprecia que la pena sea "desproporcionada", ni tampoco que concurran " razones de justicia, equidad o utilidad pública que justifiquen la concesión del indulto" instado por la defensa de Borràs.

El alto tribunal catalán también está procediendo a la ejecución de la sentencia respecto a la sentencia dictada contra los otros dos imputados: el informático Isaías Herrero Florensa y al empresario Andreu Pujol Martín. Estas dos personas llegaron a un acuerdo antes del juicio con la fiscalía y sus abogados defensores. Siguiendo esta línea, el tribunal condenó a Herrero a dos años de prisión, a una inhabilitación durante un año y 10 meses para contratar con la administración pública y a una multa de 2.100 euros; mientras que a Martín le condenó a un año y dos meses de prisión, a una inhabilitación por un año y un día para contratar con la administración pública y a una multa de 2.250 euros. Los magistrados deberán también decidir sobre la ejecución de la condena de estos dos imputados.

Tracking Pixel Contents