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Galicia

El Supremo dicta este jueves sentencia sobre el pazo de Meirás: claves de un proceso histórico

Los jueces se pronunciarán sobre la titularidad del pazo y si hubo mala fe o no en su posesión por parte de los Franco

Su resolución sentará doctrina para otras causas

VISTA GENERAL DEL PAZO DE MEIRÁS EN SADA.

VISTA GENERAL DEL PAZO DE MEIRÁS EN SADA. / CARLOS PARDELLAS

Antares Pérez

La Sala Primera de lo Civil del Tribunal Supremo dictará este jueves sentencia definitiva sobre la propiedad del pazo de Meirás. Los jueces del Alto Tribunal se pronunciarán por primera vez sobre la titularidad de los inmuebles adquiridos por Franco en la dictadura que pasaron después a manos de sus descendientes.

Su sentencia sobre As Torres de Meirás, que un juzgado de primera instancia y la Audiencia Provincial reconocieron al Estado, sentará doctrina y un precedente para otras causas.

A continuación, un repaso por un proceso que arrancó en 2019 y que sitúa a Galicia a la vanguardia del movimiento por la recuperación de la memoria histórica.

Septiembre de 2020:una sentencia histórica

El Juzgado de Primera Instancia número 1 de A Coruña colmó las expectativas de justicia y reparación del memorialismo al condenar a los Franco a devolver el pazo de Meirás al Estado sin derecho a ninguna indemnización. La magistrada Marta Canales estimó todas las pretensiones de la Abogacía del Estado y de las partes codemandantes (Xunta, Diputación y los concellos de Sada y A Coruña).

La jueza vio probado que la escritura de compraventa de 1941 mediante la que Franco inscribió Meirás a su nombre fue "una fantasía total", un negocio simulado para apropiarse de un bien que le había sido donado tres años antes en calidad del Jefe del Estado y que había sido pagado mediante cuestaciones en muchos casos forzosas, detracciones en las nóminas de los trabajadores y aportaciones públicas. Consideró también acreditado que el pazo se reformó y mantuvo con fondos públicos durante toda la dictadura.  

La audiencia desinfla la euforia del memorialismo

Un año después, la Audiencia Provincial ratificó lo esencial, que el pazo es patrimonio público, pero desmontó buena parte de la argumentación de la jueza de instancia, e introdujo en su sentencia una coletilla que desató las iras del memorialismo:la orden de indemnizar a los Franco como "poseedores de buena fe" por los gastos necesarios (de conservación) y útiles (de mejora) invertidos en el inmueble desde 1975.

En su fallo, los jueces tacharon de irrelevante si las aportaciones para adquirir el pazo "fueron mayoritariamente voluntarias o a punta de bayoneta" y, al contrario que la magistrada de instancia, concluyeron que As Torres fue "un regalo personal" a Franco. A pesar de que ratificaron la anulación de la escritura de compraventa de 1941 por tratarse de una "fantasía total", solamente consideraron relevante un punto para inclinar la balanza a favor del Estado En concreto, que fue este el que procedió a "ocupar" el pazo y los terrenos colindantes y el que asumió la totalidad de los gastos inherentes a la propiedad hasta 1975.

Este motivo les llevó a concluir que el Estado es propietario de Meirás por usucapión extraordinaria, es decir, por haber poseído el inmueble en concepto de dueño durante más de 30 años. Al tratarse de un bien demanial [público], no pudo ser adquirido después por esa misma vía por los Franco.

La mala fe, en el centro de la discordia

El fallo de la Audiencia y la decisión inicial del Gobierno de no recurrir la declaración de los Franco como poseedores de buena fe propició una airada respuesta del memorialismo. Inicialmente, solo el Concello de Sada anunció recurso, pero finalmente todas las Administraciones se sumaron.

La Audiencia aducía que no quedaba acreditada la intervención directa de Franco en el proceso de adquisición del pazo ni tampoco el conocimiento por parte de sus descendientes de los vicios en su adquisición. Su argumentación y la consiguiente orden de indemnizar a los Franco no solo por los gastos necesarios, sino también los de mejora, cuya cuantía se fijaría en ejecución de sentencia, no solo propició las protestas de memorialistas y partidos, también suscitó dudas entre los juristas.

Finalmente, todas las Administraciones recurrirán este extremo, aunque con matices. Todas coinciden en que la calificación de buena fe del dictador, su mujer y su hija "atenta contra las más elementales reglas de la lógica". El Estado y Sada defienden que ese conocimiento del vicio del título de propiedad se extiende hasta los nietos del dictador; la Xunta y A Coruña piden que la liquidación del estado posesorio en concepto de mala fe llegue hasta el 29 de diciembre de 2017, fecha del fallecimiento de Carmen Franco. La Diputación opta por una tercera vía y pide que se confirme el fallo de primera instancia y no se liquide el estado posesorio.

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