Terrorismo
La Audiencia Nacional concede un permiso de tres días a Kantauri, exjefe de ETA
Detenido en Francia en 1999, es considerado responsable de múltiples asesinatos, entre ellos el del dirigente socialista Fernando Múgica o los del concejal del PP de Sevilla Alberto Jiménez-Becerril y su esposa

José Javier Arizkuren Ruiz, Kantauri. / EP
EFE
La Audiencia Nacional ha concedido un permiso para salir tres días de la cárcel al exjefe de ETA José Javier Arizcuren Ruiz, Kantauri, condenado entre otros delitos por el asesinato del dirigente socialista Fernando Múgica Herzog en 1996 o por el asesinato del concejal del PP de Sevilla, Alberto Jiménez-Becerril y su esposa en 1998.
Como ha adelantado 'El Confidencial' y ha confirmado EFE, la Audiencia Nacional ha concedido un primer permiso a este exdirigente de la banda terrorista, tras estimar la Sección primera de la sala de lo Penal el recurso que el preso presentó ante la denegación inicial de su solicitud por parte del juez de vigilancia penitenciaria de la Junta de Tratamiento del centro penitenciario de Pamplona, donde cumple condena.
Kantauri, uno de los principales dirigentes de ETA detenido en Francia en 1999, es considerado responsable de múltiples asesinatos, fue condenado por el intento de asesinato del rey Juan Carlos en Mallorca en 1995, y suma penas de prisión de cientos de años, además de estar actualmente procesado por el asesinato del concejal del PP Gregorio Ordóñez en San Sebastián en 1995.
El auto del pasado 22 de junio, al que ha tenido acceso EFE, estima el recurso interpuesto por este exdirigente de ETA al entender que el permiso se le denegó atribuyendo un peso excesivo a determinados factores, como que este preso no realice un programa cuya ausencia no se le pueda imputar o la existencia de causas pendientes, sin concretar el riesgo real de incomparecencia, ante un permiso breve y que debe cumplir varias reglas.
Señala el auto de la Audiencia Nacional que la concesión del permiso "no supone una normalización acrítica de la situación penitenciaria ni una desatención a las víctimas". Al contrario, argumentan los magistrados, "precisamente por la gravedad de los hechos, el permiso debe concebirse como un primer permiso ordinario, de duración limitada, sometido a control reforzado y con reglas expresas de respeto a las víctimas". El auto fija esas normas, como la prohibición de contacto y prohibición de acudir a lugares afectados por órdenes de alejamiento o vinculados a las víctimas y obligación de retorno puntual al centro penitenciario.
Los magistrados de esta Sala, que contradicen el criterio de la Sección de vigilancia penitenciaria número 1 de la Audiencia Nacional y el adoptado por la Junta de Tratamiento del centro penitenciario, conceden el permiso de salida de tres días, en las fechas que marque la cárcel, que previamente deberá ejecutar un plan de salida.
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