A apenas un mes de que comience la campaña de la renta del 2020, concretamente, el próximo 7 de abril todos los españoles podrán confirmar el borrador de su declaración de la renta de forma telemática, y todo parece indicar que serán muchos los que lo hagan en los primeros días.

La campaña finalizará el miércoles 30 de junio, pero entre estos casi tres meses, hay otras fechas claves importantes. Así, casi un mes después del arranque, el 6 de mayo, se abre el periodo de presentación de la declaración por vía telefónica.

Por su parte, el viernes 25 de junio será el último día para domiciliar el pago de las declaraciones que hayan salido a pagar, algo que, seguramente, ocurrirá este año a más contribuyentes con respecto al ejercicio anterior.

Tributación de los ERTES

La caída en los ingresos de muchos ciudadanos hará más importante que en otros presentar la declaración si es a devolver, pero, precisamente, en este año habrá muchos casos con devoluciones menores e, incluso, más declaraciones positivas por el efecto de los pagos de coberturas como los ERTEs.

En el caso de los ERTEs, estos se califican como rendimiento de trabajo, y, por tanto, están sujetos a gravamen. El problema es que estas prestaciones en la mayoría de los casos se han percibido sin retención o con una retención mínima (2%).

Por ello, si tiene más de dos pagadores (el ERTE se considera segundo pagador), la suma de todos los ingresos alcanza los 14.000 euros y el del segundo pagador supera los 1.500 euros, tendrá que tributar y lo hará sobre unas retenciones mínimas, insuficientes en la mayoría de los casos y con ello obligado a pagar. 

Las mayores novedades vendrán con la declaración de 2021

La Agencia Tributaria aún no ha habilitado la página de acceso a la campaña de la renta por la que accederemos al borrador o los datos fiscales, pero la forma de acceso será la misma que la de otros años.

Por un lado, la Agencia Tributaria mandará a muchos contribuyentes su código de acceso, aunque también podrán acceder directamente a través de certificado digital o DNI electrónico, sistema Cl@ve o generando un código de acceso con el resultado de la declaración del año anterior.

Por lo demás, en este ejercicio las novedades serán mínimas. Por el contrario, el próximo año se aplicarán más cambios fiscales derivados de los Presupuestos Generales del Estado del 2021.

Por otro lado, sí que se han anticipado algunas mejoras a la hora de procesar la información fiscal.

Un de ellas está en los rendimientos de capital inmobiliario. Se mejora la información a disposición del contribuyente, especialmente en el caso del cálculo de la amortización de los inmuebles alquilados. Se permite acceder a los datos de la declaración anterior y, si son los mismos, se podrán trasladar.

También hay modificaciones en las deducciones autonómicas, que el contribuyente debe consultar en la guía de la declaración antes de presentarla.

Y es que, aunque sea importante para muchos presentar la declaración pronto, lo que debe primar es hacerla de forma correcta, no solo para evitar inconvenientes posteriores, sino para conseguir recibir el ingreso de esta devolución rápidamente.