Ya está abierto el plazo para poder solicitar ayudas económicas dentro del programa de actuaciones complementarias de regeneración y renovación en el Casco Histórico de Ejea de los Caballeros para 2022 – ARRU-.

Esta convocatoria de subvenciones se encuadra dentro del Plan Estatal de vivienda 2018-2021, el Plan Aragonés de vivienda 2018-2021, el Convenio de colaboración entre el Ministerio de Transportes, Movilidad y Agenda Urbana y la Comunidad Autónoma de Aragón para la ejecución del Plan Estatal de vivienda 2018-2021, el Acuerdo de la Comisión Bilateral relativo a la citada área firmado entre el Ministerio de Fomento, la Comunidad Autónoma y el Ayuntamiento de Ejea de los Caballeros, de 8 de septiembre de 2020 y el convenio de colaboración (CEC) suscrito el 12 de noviembre de 2020 entre la comunidad Autónoma de Aragón y el Ayuntamiento de Ejea de los Caballeros para la realización de las actuaciones incluidas en el Acuerdo de la Comisión Bilateral.

En rehabilitación, hasta el 60% del coste subvencionable, con un máximo de 18.000 euros por solicitante, son subvencionales las actuaciones de mejora de la eficiencia energética y sostenibilidad, las de conservación, las de mejora de la seguridad y accesibilidad y las de mantenimiento e intervención en las viviendas unifamiliares y en los edificios, incluso en el interior de las viviendas, instalaciones fijas, equipamiento y elementos comunes, para adecuarlos a los estándares previstos por la normativa. En renovación, obras de demolición de edificios, de viviendas e infraviviendas y de edificación de edificios de viviendas y viviendas individuales de nueva construcción, hasta el 60% del coste subvencionable, con un máximo de 45.000 euros por actuación.

Tendrán la condición de beneficiarios quienes, cumpliendo los requisitos del artículo 7 del Real Decreto 106/2018, asuman la responsabilidad de la ejecución integral del ámbito de actuación, pudiendo ser: Administraciones Públicas, propietarios únicos de edificios de viviendas, comunidades de propietarios, agrupaciones de comunidades de propietarios, inquilinos y quien acredite tener derecho de uso del inmueble, previa constatación de la existencia de autorización o acuerdo con la propiedad para ello.