El Ayuntamiento de Cariñena aprobó en el pleno del pasado 16 de junio las bases reguladoras para la concesión de ayudas a las familias de Cariñena que hayan tenido o adoptado un hijo en los años 2019 y 2020.

El consistorio, consciente de que el nacimiento o adopción de un niño o una niña conlleva unos gastos iniciales a los que las familias tienen que hacer frente, quiere ayudarlas y apoyarlas con esta convocatoria para la que ha consignado 16.000 euros. Por ello, a las personas que cumplan los requisitos se les concederá la cantidad de 200 euros por cada hijo o hija nacido o adoptado (menor o igual a 5 años) durante sus cinco primeros años de vida, siempre y cuando permanezcan empadronados en la localidad, comenzando esta convocatoria para los nacidos en 2019 y 2020. De esta manera, los nacidos en 2019 recibirán la ayuda correspondiente a 2019 y 2020, mientras que los nacidos en 2020 recibirán la ayuda del año en curso.

Este dinero solo podrá ser gastado en los comercios de la localidad adscritos al Plan de Comercio Local. En este sentido, todos los establecimientos que no habían formalizado dicha inscripción, dispusieron hasta el pasado 8 de junio para adherirse a la iniciativas y ser incluidos en la lista de comercios que se recogen en las bases de la convocatoria.

El plazo para solicitar la ayuda se extiende hasta el próximo 23 de julio. Las solicitudes deberán presentarse en el Registro General del Ayuntamiento de Cariñena o por los procedimientos que marca la legislación de procedimiento administrativo, junto con la fotocopia del DNI o la tarjeta de residencia de ambos progenitores, y la fotocopia del libro de familia.

Se podrán solicitar tantas ayudas como hijos se hayan tenido o adoptado en este tiempo. La ayuda municipal es compatible con cualquier otra que se perciba por este motivo.

USO DE LOS BONOS

El ayuntamiento expedirá un certificado de otorgamiento de la subvención una vez aprobada la ayuda a favor del titular. Con este certificado, la familia beneficiaria podrá gastar la totalidad o una parte del importe en una o más tiendas locales adscritas al Plan de Comercio Local.

Para ello, una vez adquiridos y abonados los productos, se deberá presentar en el plazo de 120 días desde la concesión de la ayuda, la relación de las compras, adjuntando los tickets y facturas originales en las oficinas municipales. El consistorio de Cariñena abonará los gastos subvencionables hasta el límite otorgado en el plazo de 30 días naturales.

Las bases y anexos de esta ayuda, así como el formulario de colicitud, pueden encontrarse en la página web municipal a través del siguiente enlace: https://carinena.es/subvenciones-ayudas-y-premios.