El Tribunal Supremo ha eximido a los vecinos del pago de las costas del proceso, que en este caso serían de varios millones. Lo hace porque su demanda no fue, ni mucho menos, temeraria. "Debe reconocerse el lógico intento de los recurrentes de ver satisfechas sus pretensiones tan largo tiempo demoradas, sin perjuicio de que (...) puedan ejercitar la acción tendente al cumplimiento del contrato, en virtud de la cual ambas partes puedas obtener una rápida respuesta".