Ahora que el acuerdo entre la empresa y el comité se había logrado, aparece un nuevo escollo en el conflicto del transporte urbano. El Ayuntamiento de Zaragoza reclamará por la vía judicial a la antigua concesionaria TUZSA 51 millones de euros. Este total resulta de la revisión de precios de los años 2009, 2011 y 2012 --en el 2010 no se llevó a cabo-- en los que la contrata incluyó unos gastos que no tenía qué asumir el consistorio.

Para llegar a esta conclusión, el ayuntamiento se apoya en un informe jurídico de la Facultad de Derecho de la Universidad de Zaragoza, adelantado por EL PERIÓDICO, de enero del 2011 que ha servido como base para proceder a la auditoría sobre el equilibrio económico y a la que ha tenido acceso este diario, realizada por la empresa Moore Stephens LP. Según el documento, la empresa está incluyendo en los gastos totales tres aspectos: el incremento de los costes de mano de obra, el aumento del precio por kilómetro sin tener en cuenta la limitación de prohibición de superar el 85% de la revisión experimentada por el IPC y los costos de los beneficios sociales de la plantilla, es decir, los abonos de los que disfrutan los familiares de los trabajadores.

INCREMENTO SALARIAL En cuanto al coste del personal, la cantidad que reclama el consistorio es de 20 millones de euros. Tal y como explicó el vicealcalde de Zaragoza, Fernando Gimeno, según la Ley de Contratos del Sector Público del 2009, "el aumento de la mano de obra no debe repercutir en la revisión de precios". Desde el 2009, la empresa ha sumado al precio final 20.117.089 euros. Atendiendo al informe jurídico del catedrático de Derecho Administrativo José María Gimeno ni los gastos generados por decisiones internas de la empresa, ni los que surjan en el desarrollo de la actividad, deben ser cargados a la institución.

Esta cifra se incrementa hasta los 30 millones si se aplica, a su vez, la premisa de que en la revisión de precios por kilómetro y por horas no podrá superar el 85% de la variación experimentada por el IPC. De un lado porque, para que la concesionaria pueda solicitar esta modificación, es indispensable que los costes originados por kilómetro y hora sean un 2,5% superior a los del año anterior. Según la auditoría, únicamente el 2011 cumpliría este requisito, por lo que el resto de años no necesitaban la revisión. En cambio, TUZSA sí la aplicó desde el 2009 hasta el 2012 a excepción del 2010. Gimeno alegó que "las revisiones del 2011 y del 2012 están sin autorizar". Respecto al 2013, la auditoría concluye que "dado que el incremento del IPC es negativo, no procede revisión de precios".

BONOS FAMILIARES Los 51 millones que reclama el consistorio contemplan los 20 del segundo expediente y que tiene que ver con los costes que originan los bonos de los familiares de los trabajadores de la contrata del bus. El informe jurídico indica que los "beneficios sociales" no pueden ser incluidos en el precio final. Por ello, desde el 2009, la gratuidad del servicio para los familiares ha generado un coste al consistorio de 20.958.575 millones de euros que, sumados a los 30.651.086 euros por los precios del kilometraje y hora, el ayuntamiento denuncia que se ha producido "un desequilibrio económico" de 51 millones de euros. Esta cuantía contempla las certificaciones pendientes, es decir, los pagos por prestar el servicio.

Ahora serán los tribunales los que dicten quién debe a quién. La antigua contrata reclamó a través del contencioso 16 millones de euros al consistorio por la revisión de precios. "No hay negociación", dijo el vicealcalde, "la empresa podrá alegar, pero será en los tribunales donde nos pondremos de acuerdo".

La revisión por el aumento de costes viene regulada por el artículo 13 del convenio. Podrá ser solicitada por cualquiera de las dos partes cuando, "tras haber sufrido un incremento en los costes, o modificaciones de la velocidad comercial del servicio, se altere el equilibrio económico de la concesión". La finalidad de este cambio es que el beneficio sea recíproco entre ambas partes compensando el desajuste.

Para proceder a la revisión existe una fórmula para actualizar los precios en función de cuatro componentes a valorar: el incremento del precio de la mano de obra, en el que se han incluido, hasta ahora, los salarios; la subida del precio del gasoil; el incremento del precio o billete del autobús (teniendo en cuento el precio del bus y el de la energía eléctrica); y por último, la variación anual del Índice de Precios de Consumo (IPC).

Según la ley de Contratos de Servicios Públicos del 2009, en las revisiones que se practiquen desde el 31 de abril del 2009, "deberá excluirse el efecto de la variación de precios de la mano de otra" y no podrá superar el 85% de la variación que experimente el IPC. Además, si quien lo solicita es la concesionaria, los costes por kilómetro tendrán que ser un 2,5% superiores a los originados en el año anterior.