La última sentencia del Tribunal Supremo que, corrigiendo a la Audiencia Provincial de Zaragoza, considera violencia de género toda agresión de un hombre a su pareja o expareja, aunque sea en una pelea mutua, ha sido acogida con cierta reticencia entre los operadores jurídicos. Obviamente, como jurisprudencia del Alto Tribunal, el criterio será adoptado, pero la mayoría de los consultados parece inclinarse más por la opinión del voto particular que firmaron cuatro de los 14 jueces. Esto es, que hay que probar que ha habido machismo en lugar de darlo por supuesto.

El abogado Antonio Muñoz, el único consultado ayer que no puso reparos a aparecer con nombre y apellidos, consideró que el alcance del fallo se ha calibrado mal, porque la «asimetría penal» que supone penalizar más al hombre por un mismo hecho ya quedó clara en la ley integral contra la violencia sobre la mujer del 2004, y el Tribunal Constitucional lo avaló.

El problema estaba en las agresiones mutuas, en las que hasta ahora, con diferencias según las comunidades autónomas, se estaba optando mayoritariamente por considerar que hay que acreditar una situación de machismo para condenar al hombre por distinto tipo penal que a la mujer.

El Supremo, sin embargo, consideró que no hay que probar nada, porque la agresión de un hombre a una mujer siempre incluye un componente de «dominación» o «superioridad», incluso en casos como el de la sentencia anulada, en el que fue la mujer quien agredió primero con un puñetazo, y luego una patada tras recibir un bofetón.

Para el letrado Antonio Muñoz, el fallo es otra consecuencia de la llegada al Supremo del magistrado Vicente Magro, experto en violencia de género, el mismo ponente de la sentencia que apostaba por dar un plus de credibilidad a la mujer.

Muñoz consideró que, desde el punto de vista profesional, hay que «trabajar con lo que hay», y los hombres ya saben a qué atenerse. Como particular, sí opinaba que se tendría que acreditar que la agresión es machista para agravar la pena, como sostenía el voto particular de cuatro magistrados. Pero esto sería tarea del poder legislativo, «y con la que está cayendo estos días con Vox, no creo que lo hagan».

En la misma línea, una jueza de instrucción que prefirió aparecer de forma anónima incidía en que la sentencia es técnicamente «perfecta», porque el tipo penal dice que se condenará a quien agreda a su pareja o expareja, sin entrar en motivaciones.

Sin embargo, sí considera que en casos como este deberían de considerarse las circunstancias, «porque al final se desvirtúa la violencia de género al considerar como tal cosas que no lo son, desde una pelea hasta un crimen por compasión, que es terrible pero no es lo mismo».

La magistrada recordaba que los tipos penales de violencia de género y doméstica permiten, en cualquier caso, optar por los trabajos en beneficio de la comunidad en lugar de la prisión.