Adiós a la Lotería de Navidad: estas son todas las personas que tienen prohibido jugar
El Sorteo Extraordinario de la Lotería de Navidad, que se celebra este 22 de diciembre, impide la participación de ciertos colectivos, según el artículo 6 de la Ley 13/2011.

Venta de lotería de Navidad, este domingo en el centro de Madrid / EFE / Borja Sánchez-Trillo
Javier Fidalgo
La espera ya ha terminado y la Lotería de Navidad ya está aquí. Este lunes 22 de diciembre se celebra en el Teatro Real de Madrid una nueva edición del Sorteo Extraordinario de la Lotería de Navidad. Una tradición muy arraigada en toda España y es que casi todo el mundo ha comprado algún décimo de lotería y hay gente que se deja una grandísima cantidad de dinero en este sorteo previo a la llegada de la Navidad.
Millones de españoles esperan con ganas esta fecha tan señalada con la esperanza de hacerse con alguno de los principales premios. Sin embargo, no todos los ciudadanos pueden participar. La Ley de Loterías es una normativa que muchos ciudadanos desconocen, pero esta lo deja clara y prohíbe jugar a varios sectores de la población, por diferentes motivos.
¿Quiénes no pueden jugar a la Lotería de Navidad?
Según el artículo 6 de la Ley 13/2011, estos son los colectivos que no pueden adquirir un décimo de Navidad. Entre los más evidentes se encuentran los menores de edad, cuya participación en juegos de azar y loterías está absolutamente prohibida, sin excepción.
De la misma forma, las personas incapacitadas legalmente o por resolución judicial, tampoco pueden participar. Por otra parte, no pueden comprar décimos de lotería los jugadores autoexcluidos o vetados judicialmente.
Estas personas están inscritas en un Registro General de Interdicciones de Acceso al Juego (RGIA), del Ministerio de Consumo. Además, tampoco pueden adquirir boletos todos aquellos trabajadores que por su cargo puedan tener acceso a información privilegiada del sorteo.
Hablamos de empleados y directivos de la Sociedad Estatal de Loterías y Apuestas del Estado. En este grupo también se incluye cónyuges, ascendientes y descendientes en primer grado de los anteriores.
Asimismo, los miembros de la Dirección General de Ordenación del Juego y de otros órganos reguladores que supervisan el sorteo no pueden participar.
En este contexto, si una de las personas que pertenece a los colectivos mencionados compra un décimo y resulta premiado, la organización no está obligada a entregar el premio. De hecho, el incumplimiento del registro podría tener consecuencias legales.
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