HOYA DE HUESCA / SENTENCIA FAVORABLE AL GOBIERNO DE ARAGÓN
El Tribunal Superior impide poner una granja en el parque de Guara
Dicta que en suelo protegido no cabe la instalación «fabril» que pedía un edil del PP
F. M. H.
12/01/2020
El Tribunal Superior de Justicia de Aragón (TSJA) ha dado carpetazo, cinco años después, al proyecto de la granja de cerdos que Álvaro Bescós, concejal del PP en Casbas de Huesca y diputado provincial, pretendía instalar en terrenos del Parque Natural de la Sierra y Cañones de Guara. La sentencia da la razón al Gobierno de Aragón, que había recurrido contra el proyecto, y considera que una instalación «fabril», de ganadería intensiva, es incompatible con los terrenos protegidos del parque. El fallo es recurrible ante el Tribunal Supremo.
El proyecto se remonta al 2014, cuando el edil popular solicitó la instalación de una granja de unos 8.000 metros cuadrados de superficie y capacidad para más de 2.300 animales en su localidad, Casbas de Huesca. En unos terrenos que el Plan de Ordenacion de Recursos Naturales (PORN) calificaba como de Uso Compatible 2, cercana a núcleo urbano y no al corazón del parque natural, que sería la 1.
En estas últimas, el PORN autoriza la instalación de explotaciones de ganadería extensiva (con los animales libres), pero en la 2 no se hace mención a ningún tipo de categoría.
A esto se agarraba el promotor de la instalación, y de hecho el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo número 1 de Huesca le dio la razón. El diputado provincial había recurrido después de que el Instituto Aragonés de Gestión Ambiental (Inaga) hubiese archivado el expediente sobre la instalación de la granja.
El juez consideró que, al no figurar ninguna limitación en el PORN, no había obstáculo legal para conceder la licencia. Pero el Gobierno de Aragón recurrió ante el TSJA, alegando que si no figuraba esta indicación era porque «no se contempla esta posibilidad, está directamente prohibida».
Los magistrados del TSJA están de acuerdo con esta visión, e inciden en que «ninguna norma hay en todo el PORN aplicable que autorice el ejercicio en ninguna zona de uso compatible con la ganadería intensiva».
En las zonas en las que hace referencia a explotaciones, consideran, mencionan un uso «racional», con ganadería extensiva o actividades «artesanales». En ningún caso a una granja de esta «naturaleza y envergadura», de carácter más «fabril que ganadero», por lo que la rechazan.
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