El Código Penal español castiga en su artículo 149.2 con 12 años de prisión la práctica de la ablación en territorio nacional. Hasta fechas recientes, este delito merecía una pena de 6 años de cárcel. Sin embargo, el incremento de la inmigración y la detección de algunos casos de ablaciones realizadas en España llevó a endurecer las penas previstas en un intento de atajar el problema en España.