La empresa pública Plaza no podrá recuperar los 150.000 que su exgerente, Ricardo García Becerril, cobró como indemnización por su cese en el cargo con independencia de que ese pago sea o no ajustado a derecho.

La legislación laboral señala que el cobro de salarios prescribe al año de su devengo, lo que, en este caso, ocurrió a finales de julio del 2012. Y esa misma normativa considera que las indemnizaciones por despido son conceptos salariales, ya que se calculan con base en las cantidades que componen el sueldo de quien las recibe.

El consejo de administración de Plaza acordó el pasado viernes por unanimidad estudiar esa indemnización con la finalidad de reclamar su devolución si su pago no fue ajustado a derecho.

García Becerril perdió la confianza del consejo de los responsables de Plaza en marzo del 2011, cuando estos comprobaron que había autorizado el pago a la UTE liderada por Acciona de ocho millones de euros cuyo aplazamiento había acordado el órgano de administración, que no había sido informado de esa decisión del entonces gerente.

El acuerdo por el que García Becerril fue cesado en Plaza fue adoptado a finales de junio del 2011. Y el pago de la indemnización, del que no fueron informados el nuevo Gobierno de Aragón --el Ejecutivo de Luisa Fernanda Rudi tomó posesión el 16 de julio de ese año-- ni la nueva dirección de Plaza --el consejero Rafael Fernández de Alarcón relevó como presidente a Alfonso Vicente en octubre de ese año--, está fechado el 29 de julio de ese mismo ejercicio.

Ricardo García Becerril tenía un contrato de alta dirección, relación laboral cuya indemnización, salvo que el contrato contemple otra cosa, es de siete días de salario por año trabajado con un límite de seis mensualidades.