El pacto convenio aprobado por el Gobierno de Zaragoza en Común (ZeC) por el que se reducía la jornada laboral presencial de los trabajadores del Ayuntamiento de Zaragoza de 37,5 a 35 horas semanales ha sido elevado a la Abogacía del Estado por la Delegación del Gobierno en Aragón. El pasado mes de diciembre, esta ya instó al consistorio a corregir una serie de irregularidades detectadas en ocho artículos del acuerdo de la plantilla municipal como el cambio de la jornada y la modificación de las retribuciones económicas. Ahora, la Abogacía tendrá que decidir si presenta recurso en el juzgado.

El concejal de Servicios Públicos y Personal, Alberto Cubero, reiteró ayer que desde el Gobierno de la ciudad defenderán «hasta el final» este acuerdo que calificó de «legal y justo» y que fue firmado el 4 de noviembre del 2015 por la mayoría de las representaciones sindicales, algo que no había sucedido hasta entonces. Cubero adelantó que si tienen que acudir a los tribunales para «pelear por los derechos» de los funcionarios, lo harán.

La delegación ya envió un requerimiento al consistorio el pasado mes de diciembre advirtiéndole que ocho artículos «vulneran la normativa básica y estatal» y recordándole que «la negociación colectiva no puede abordar aquellos aspectos recogidos por la ley».

Según el requerimiento, la reducción de trabajo a 35 horas semanales presenciales, complementada con tiempo de formación -todavía pendiente-, «contraviene la normativa» que la fija en 37,5. La disposición adicional de los presupuestos generales del 2012 adoptó esta jornada ante el «contexto económico y presupuestario de los últimos años, adoptando medidas para la reducción del déficit público» así como para «la consecución de la estabilidad (...) financiera». Aunque desde el ayuntamiento alegan que las dos horas no presenciales se destinarán a formación, la institución señalaba en el documento que aquella que sea «ajena» a la jornada efectiva de trabajo es «fraude de ley en el cumplimiento de las horas legamente exigidas» y una «vulneración del derecho de formación».

RETRIBUCIONES

Por otro lado, sobre las gratificaciones por permanencia, antigüedad o jubilación, la delegación explicaba que el consistorio no tienen competencias para «acordar incrementos retributivos de los funcionarios (...) que supongan un aumento de la masa salarial superior a los límites fijados anualmente en la ley de presupuesto», algo que, a su juicio, sucedía.

La Abogacía del Estado también tendrá que pronunciarse bore los acuerdos alcanzados en lo que respecta a permisos y vacaciones. La Delegación del Gobierno alegó que no se contemplan en la normativa y que apuntó que deben seguir con la establecida desde el Ejecutivo central para garantizar tanto la estabilidad presupuestaria además del fomento de la competitividad.

Todos aquellos ayuntamientos que han aplicado a esta reducción de la jornada laboral se enfrentan al veredicto de la Abogacía del Estado. En Madrid, El Tribunal Superior de Justicia de Madrid, (TSJM) suspendió cautelarmente la reducción de la jornada a 35 horas y obligó al ayuntamiento a pagar las costas. Lo mismo sucedió en Castilla-La Mancha.