Una mujer de 57 años, N. V. L., que tiene perturbadas sus facultades mentales ha sido absuelta de un delito de calumnias del que era acusada por un ciudadano de Zaragoza, gestor de profesión, al que ella culpó reiteradamente, por Facebook y mediante pancartas que exhibía delante de su establecimiento, de haberla violado cuando tenía 8 años. Los hechos se remontan al último trimestre del 2018.

La sentencia recoge que la acusada, defendida por la letrada Carmen Sánchez, padece un trastorno límite de la personalidad, pero a la vez reconoce que los hechos que esta decía haber sufrido podrían ser verdad, si bien de difícil verificación por el mucho tiempo transcurrido.

Sin embargo, la resolución, del Juzgado de lo Penal número 1 de Zaragoza, señala en sus fundamentos de derecho que el hecho de que «la acusada expusiera el supuesto abuso sexual ante la opinión pública y especialmente ante el entorno familiar y laboral del querellante, aun sabiendo que no podía ser demostrado y no cabía exigir responsabilidad penal por la prescripción del delito, podría serle reprochable jurídicamente, pero no por un delito de calumnia», sino por los de injurias y coacciones, por los que no ha sido acusada.

Al no constar acusación por ambos delitos, el juzgador señala que no puede emitir una condena de los mismos. Y argumenta: «Aun cuando la acusada crea ser cierto lo que afirma, no la legitima para ir gritándolo a los cuatro vientos».

«No cabe la menor duda», añade el juez, «de que la imputación de conductas contra la libertad sexual sobre menores es algo (objetivamente) muy grave y afrentoso, dado el rechazo frontal e inequívoco, social y jurídico, que tales conductas encuentran en nuestra sociedad, y más si se hacen de forma persistente y públicamente».

La letrada defensora, Carmen Sánchez, arguyó, por su parte, que no podía condenarse por calumnias a una persona que denunciaba graves hechos que eran «verídicos» y «reales».