La Audiencia de Zaragoza ha absuelto a las tres personas que regentaban el club D´Angelo, en el sector de Madrazo, y que habían sido acusadas de inducción al ejercicio de la prostitución y de retención legal. El tribunal considera que se ha vulnerado el principio de contradicción, amparado por la Constitución y el Convenio Europeo de Derechos Humanos.

El propietario del club, José Luis Martín Conde, la mujer que hacía el papel de madame y otro empleado fueron denunciados por cinco jóvenes rumanas. Según manifestaron, habían sido atraídas a España en el año 2002 con la promesa de un trabajo, pero, al llegar a Zaragoza, los acusados les obligaron a prostituirse y las tenían retenidas en el citado establecimiento contra su voluntad.

Sin embargo, las denuncias, tanto ante la Policía como en el juzgado, se realizaron sin presencia de los letrados de los acusados. Además, las jóvenes no comparecieron en la Audiencia de Zaragoza el día que se celebró el juicio.

El tribunal entiende que no se ha respetado el principio de contradicción, ya que las defensas no pudieron interrogar en ningún momento a las denunciantes. Asimismo, también faltó la inmediación para que los jueces pudieran apreciar la consistencia de sus declaraciones.

Asimismo, la sentencia señala que el resto de las pruebas documentales y los testigos presentados por el ministerio fiscal, que pedía nueve años de prisión para dos de los acusados y retiró los cargos al tercero, no han servido para desvirtuar la presunción de inocencia de los acusados.

En este sentido, atiende los argumentos de los abogados de la defensa José Manuel Marraco, Roberto Gallego y José Luis Hidalgo, para absolver a los procesados.