La magistrada del Juzgado de lo Penal número 3 de Zaragoza, Milagros Rubio, ha absuelto a I. V. C. del delito de abandono de familia que le imputaba su exmujer por no haber pagado durante seis meses la pensión de 250 euros mensuales para mantener al hijo que tuvieron en común que un juez de Violencia contra la Mujer le impuso tras emitir una orden de protección.

La denunciante, representada por la abogada Susana Tirado, pedía para I. V. C., militar profesional, una multa de 1.260 euros al sostener que había dejado de pagar la pensión voluntariamente, ya que era "sabedor de su obligación" y dispone de "recursos económicos suficientes".

La defensa del acusado, ejercida por la letrada Cristina Martínez Bellido, solicitó la absolución al entender que el impago "se debió a la creencia de que no estaba vigente la obligación", ya que "nadie le había dicho que tenía que seguir pagando". La Fiscalía, por su parte, descartó la existencia de delito.

De hecho, el acusado pagó los atrasos cuando le fue comunicada la interposición de una demanda de divorcio por parte de su exmujer.

La jueza fundamenta su absolución en ese hecho, del que deduce que el acusado no tenía intención de dejar desatendido a su hijo, y al quedar convencida de "la creencia errónea que tenía de no estar obligado al cumplimiento del pago de la pensión".

La orden de protección, dictada el 19 de abril del 2011, advertía que las medidas civiles tenían una vigencia de 30 días y que serían prorrogadas en caso de que la denunciante presentara una demanda de divorcio en un plazo de un mes.

Esta la formalizó el 6 de junio, y el Juzgado de Violencia contra la Mujer número 2 de Zaragoza ordenó la prórroga el 9 de noviembre. "No consta cuando se comunicó y notificó al acusado la interposición de la demanda y el auto" que ordenó mantener la pensión, señala la sentencia.