No culpable por minoría cualificada. El magistrado Mauricio Murillo absolvió ayer de viva voz al profesor de Fisioterapia J. M. T. M. de los cargos de malversación por los que la Fiscalía y la Universidad de Zaragoza reclamaban para él dos meses de prisión y medio año de suspensión de empleo: seis de los nueve miembros del jurado dictaminaron que había cometido esa infracción mientras otros tres concluyeron que su conducta --cobrar 1.772 euros por los mismos conceptos del campus y de la Fundación Empresa-Universidad-- no fue delictiva, lo que se tradujo en un veredicto de no culpabilidad.

Los miembros del tribunal popular que desde el lunes enjuicia este asunto concluyeron que el profesor "actuó sin ánimo de lucro por el hecho de percibir 1.772 euros que no le correspondían".

Las acusaciones --la Fiscalía y la universidad, representada por el abogado Jesús Solchaga-- mantenían que los cobros indebidos ascendían a 8.908 euros divididos en tres bloques: unos pagados dos veces por FEUZ, otros abonados por esta entidad tras haberlos liquidado previamente la universidad y un tercero --seis tiquets por 1.772 euros-- en el que el orden fue el contrario.

DINERO PÚBLICO

El jurado indicó unánimemente que FEUZ, participada al 50% por la universidad y por la Cámara de Comercio de Zaragoza, "goza de personalidad jurídica y patrimonio propios de carácter privado".

Por la mañana, en su informe de conclusiones definitivas, al que se adhirió la universidad pese a sostener que el dinero que pagan los alumnos de los cursos tiene la consideración de ingreso de derecho público, la representante del ministerio público rebajó su petición de condena al considerar que los pagos de la FEUZ debían quedar fuera del proceso.

"Si es dinero privado será otra cosa, pero no es el delito objeto de este juicio", señaló. Las normas procesales impiden en un juicio con jurado modificar la acusación y pedir una condena por delitos no incluidos en el escrito de cargos iniciales.

El abogado defensor del profesor, el letrado Roberto Salvanés, sostuvo desde el principio que J. M. T. M. era inocente, y que si cobró esos 8.908 euros de manera indebida --los devolvió en cuanto le fue notificada la situación-- se debió a errores en la gestión administrativa del departamento de la Facultad de Ciencias de la Salud al que estaba adscrito.

El jurado, que rechazó por mayoría que la actuación del profesor le haya supuesto a la Universidad de Zaragoza "un desprestigio institucional", acogió esa tesis.

Así, el veredicto señala que J. M. T. M. "no trazó ningún plan o estrategia fraudulenta", indica que "todo se ha debido a la gestión circunstancialmente desordenada de la unidad administrativa UP 361 por su elevado volumen de trabajo" y añade que "todo se ha debido a meros errores contables".

CONFIANZA

El jurado indica que una funcionaria solicitaba al personal de esa unidad "la entrega de facturas o tiquets por duplicado para agilizar el procedimiento", y que J. M. T. M. "obró con la confianza" de que el administrador o ella "velarían" por "la corrección de la tramitación de los ingresos y gastos".

El profesor, añade el veredicto, "difícilmente podía apercibirse de la situación producida ya que los cheques que recibía no se correspondían con la cantidad cobrada por duplicado".