Cuatro meses estuvo en prisión provisional, la Audiencia Provincial de Huesca le condenó a seis años y medio de cárcel y ahora el Tribunal Superior de Justicia de Aragón (TSJA) acaba de absolverle de la violación de que la víctima, una serrablesa con discapacidad, le acusó. Los magistrados consideran que la denunciante incurrió en importantes contradicciones.

Los hechos que se enjuiciaron y que acabaron en una inicial condena se remontan a diciembre del 2017 cuando víctima y sospechoso, O. P. B., coincidieron en un establecimiento llamado La Tahona y entablaron conversación. En un momento dado la mujer le pidió que le comprara una cajetilla de tabaco --una solicitud compulsiva y habitual en ella debido a la grave enfermedad mental que sufría­-- que él aceptó, mientras se tomaron un café juntos y él le dio su teléfono apuntado en una servilleta. Lo que el TSJA tumba es que el acusado le siguiera hasta su portal, se colara en él aprovechando el retardo de la puerta para cerrarse y la cogiera del cuello para violarla.

El abogado defensor, Alejandro Sarasa, rechazó esto último e interpuso un recurso ante el Alto Tribunal que le ha dado la razón. Los magistrados recalcan las contradicciones en las declaraciones prestadas por la denunciante en la prueba pre constituida ante la jueza de instrucción; en presencia de los letrados de las partes y del Ministerio Fiscal, y la prestada en el acto del juicio oral.

Para empezar analizan la forma en la que decía que se había producido la agresión sexual puesto que al inicio afirmó de una violación doble, mientras que con posterioridad habló de solo vaginal. También le preguntaron sobre si esta persona había eyaculado, manifestando al principio de la investigación que no lo sabía, pero esto lo cambió durante el juicio, llegando a afirmar: «Creo que sí, porque luego me analizaron». Destacan aquí los jueces que el departamento de Biología del Servicio de Criminalística de la Guardia Civil descartó categóricamente la presencia de semen en las muestras que fueron remitidas para su estudio.

Otra discrepancia importante es, según el TSJA, que en la descripción de la agresión por la denunciante se señaló que el agresor le tocó por encima del jersey y que hablaba en rumano y ella no lo entendía. En cambio, en el acto del juicio declaró que no le tocó ninguna parte de su cuerpo y que cuando le agredió no dijo ninguna palabra. Añaden otro elemento que es sobre si sabía que O. P. B. estaba casado. Al principio de la instrucción dijo que no lo sabía, mientras que el día del juicio explicó que él le había dicho que tenía mujer y dos hijos.

Todo ello lleva a los magistrados a aseverar que «las declaraciones prestadas por la denunciante adolecen de importantes contradicciones entre sí, algunas de las cuales no afectan a hechos o datos meramente accesorios, sino que son muy relevantes para describir la forma en que se produjo la agresión sexual denunciada».

Asimismo, valoran que la prueba del semen que podría dar a entender que hubo una agresión sexual se desmonta, tal y como añade el abogado defensor, porque que «lo encontrado fueron restos orgánicos en la costura interna de la entrepierna del pantalón de la denunciante, que contienen el perfil genético del acusado, pero que podrían deberse a una transferencia de un contacto previo de manos, manos con pantalón, tocamientos, etc». Recalcan que lo peritos «no descartan como imposible, aunque indican que ellos no pueden determinarlo».

«Todo ello podría acreditar un contacto íntimo entre ambos, pero no conlleva necesariamente que consista en una agresión sexual por la que se le acusó y condenó», insisten desde el Tribunal Superior de Justicia de Aragón.

Para finalizar, los jueces destacan que la víctima relató la agresión al cabo de 11 días tras un incidente que califican de «extraño» después de que fuera a reclamarle los 8 euros que costaba arreglar la cremallera del pantalón. «Resulta contrario a las reglas generalmente aceptadas de la experiencia humana que la víctima acuda voluntariamente a casa de quien le ha violado», concluyen.