Manuel R. T. ha sido absuelto de la agresión sexual a su expareja por la que Fiscalía pedía para él once años de prisión, al haber declarado la víctima en el juicio, ante la Sección Primera de la Audiencia Provincial de Zaragoza, que fue sexo consentido, aunque «extremo». Un cambio sobre su denuncia inicial que conduce a los magistrados a la absolución por este delito, como pedía su abogado, Juan Manuel Martín Calvente.

La fiscala pidió en el juicio deducir testimonio para juzgar a la víctima por perjurio, como a otras dos testigos que apoyaron su nueva versión; en la sentencia no se hace referencia a este extremo, aunque los magistrados tampoco tienen por qué hacerla, ya que en todo caso sería un proceso judicial nuevo.

El acusado se libra de la condena por agresión sexual, pero sí ha sido condenado, a año y medio de prisión, por quebrantamiento de condena y lesiones. Según figura en los hechos probados de la sentencia, cuando fue a ver a su expareja sabía perfectamente que le constaban una orden de alejamiento por violencia de género, y ya tenía antecedentes por quebrantarlas, por lo que le imponen un año.

Los otros seis meses corresponden a las lesiones que le produjo a la mujer durante la práctica sexual. Las lesiones, entienden los jueces, están acreditadas y de hecho la víctima fue al médico por ellas; pero al haber sido derivadas de sexo consentido, rebajan la condena a seis meses.