La acusación en el caso de la menor presuntamente violada durante las pasadas fiestas de Binaced (Huesca) recurrirá el auto con el que la jueza instructora decreta su sobreseimiento provisional por "falta de autor conocido", ya que en una notificación del pasado 27 de agosto la misma jueza aprobó practicar seis pruebas más, entre ellas la de ADN.

El abogado de la acusación, Javier Vilarrubí, en declaraciones a Efe, ha informado sobre esta medida una vez conocido el contenido de sendos autos de la jueza de Monzón que instruye el caso, uno para el sobreseimiento provisional y otro para proceder al levantamiento del secreto de sumario.

El archivo provisional de la causa lo decide, según explica, por "falta de autor conocido" del delito tras las diligencias que abrió el pasado 1 de agosto, cuando llegó al Juzgado de Instrucción número dos de Monzón, del que es titular, un posible delito contra la libertad sexual.

Presuntamente, una menor de 17 años fue violada en un descampado de Binaced durante las fiestas patronales. Los padres de la menor presentaron una denuncia.

Ese 1 de agosto, la instructora solicitó al médico forense el informe de la exploración médica realizada a la menor el día de los hechos y acordó, con la intervención del Ministerio Fiscal, tomarle declaración.

Además, el 17 de agosto la jueza acordó practicar una prueba psicológica a la víctima a través del Instituto de Medicina Legal de Aragón y dirigió un oficio al Departamento Criminalista de la Guardia Civil para que se remitieran al juzgado los análisis de ADN a la mayor brevedad posible, prueba esencial para poder determinar la autoría de los hechos.

Vilarrubí señala que efectivamente la jueza, el día 17, decide llevar a cabo una serie de pruebas y así lo hace constar en un auto que se notifica a la acusación el 27 de agosto.

El abogado de la familia de la menor pidió a la instructora la práctica de siete pruebas, y en el auto referido se aceptan seis, entre ellas la de ADN.

Critica Vilarrubí que se diga ahora que no quedan diligencias por hacer cuando hace apenas cinco días se admitieron seis.

Tampoco comparte que en el archivo provisional influya el agotamiento de los tiempos procesales, es decir, de los 18 meses de instrucción.

Porque, como argumenta el abogado, el archivo provisional cabría si se estuviera consumiendo ese plazo de instrucción y si sólo restara por hacer la prueba del ADN. Sin embargo, recuerda el letrado, quedan seis pruebas de las siete que él mismo solicitó a la jueza.

Entre esas pruebas que faltan figuran informes de la policía judicial, del forense, de los servicios sociales de la comarca o del Instituto de Medicina Legal de Aragón, enumera