La Sección Primera de la Audiencia de Zaragoza ha condenado a la alcaldesa socialista de Aranda de Moncayo, María del Rosario Cabrera Ruiz, a nueve años de inhabilitación especial para empleo o cargo público como autora responsable de un delito de prevaricación por las irregularidades cometidas en el 2016 en el proceso de licitación de un coto de caza que fue adjudicado a una sociedad cuya junta directiva estaba encabezada por su marido, un hijo y un cuñado.

Además, la alcaldesa deberá abonar una tercera parte de las costas procesales y tendrá que indemnizar, en una cantidad todavía por determinar, a la sociedad de cazadores El Perdigal, que se vio perjudicada en el concurso de adjudicación de la explotación del espacio cinegético.

La misma resolución, contra la que cabe recurso de apelación, absuelve a la regidora de los delitos de malversación y negociaciones prohibidas. Álvaro Lasala, abogado de El Perdigal, informó ayer de que estudiará la sentencia con su cliente antes de decidir si presenta un recurso.

El fallo considera que no se publicó debidamente el pliego de licitación, circunstancia que, unida a que la secretaría del ayuntamiento estuvo cerrada un tiempo, hizo imposible que la sociedad de cazadores El Perdigal accediera a la información. Asimismo, este licitador dispuso de poco tiempo (tres días) para subsanar deficiencias en su documentación, lo que le valió ser expulsado del procedimiento.

Además, la adjudicación se llevó a cabo pese a que la adjudicataria no estaba al corriente del pago de las obligaciones tributarias y a la Seguridad Social, y aunque no constara que aportara una fianza. Por otro lado, tampoco se atendió un informe del secretario que advertía de que el concurso debía quedar desierto.

Por si fuera poco, una sentencia del ámbito contencioso-administrativo declaró nulo de pleno derecho el proceso de adjudicación y la DGA dictó una nueva orden de enajenación del coto. Pese a todo ello, la regidora se negó en redondo a volver a licitar la finca cinegética.

La resolución señala en sus fundamentos de Derecho que en el caso juzgado se dio una «decisión arbitraria» por parte de la alcaldesa al negarse a enajenar los aprovechamientos cinegéticos, motivo que constituye un delito de prevaricación.

El tribunal juzgador considera que María del Rosario Cabrera observó una «actitud de obstrucción sistemática y prolongada en el tiempo» y que su «empecinamiento» en no realizar un nuevo concurso constituye «una decisión (comisión por omisión) arbitraria, injusta y perjudicial para terceros».

EL PP PIDE SU DIMISIÓN

Sin embargo, no existió malversación de fondos públicos en la decisión de rebajar la cantidad que la sociedad adjudicataria adeudaba al ayuntamiento, que si bien constituye una conducta de quien se excede en el ejercicio de sus competencias no existe en la misma la voluntad de apropiarse de algo que no le pertenece, según la resolución.

Igualmente, la sala no aprecia el delito de negociaciones prohibidas a la autoridad al no tratarse de un supuesto prohibido por la ley, sino legítimo y que «no busca ventaja particular de clase alguna».

Por otro lado, el Partido Popular en Aragón emitió ayer un comunicado en el que pide a la alcaldesa que dimita de su cargo al frente del pueblo y la acusa de desatender sus funciones.