La magistrada del Juzgado de lo Contencioso Administrativo número 4 de Zaragoza, Concepción Gimeno, ha anulado una multa de 1.500 euros que Tráfico impuso a una conductora Zaragozana, A. F. M., el 21 de diciembre del 2010, por circular sin seguro por el camino de los Molinos de Zaragoza. Oficialmente, la conductora circulaba de hecho sin cobertura pero, tras el juicio, la compañía de seguros proporcionó la información que desveló que la responsabilidad no era de la mujer, sino de la aseguradora misma. Aquella no pagará la multa, cuatro años --y cuatro requerimientos fallidos al seguro-- después.

Según sostuvieron la conductora y su marido --que fue quien presentó el recurso-- desde el comienzo, asistidos por el letrado Santiago Palazón, habían acordado que, por falta de liquidez, la cuota trimestral del seguro que tenían que abonar en noviembre del 2010 la repartirían en dos pagos, el primero en la fecha prevista --el 12 de noviembre-- y el segundo el 29 de diciembre.

Por ello, cuando la mujer circulaba con su Seat Alhambra por el camino de Los Molinos, el 21 de diciembre del 2010, estaba convencida de que sí estaba asegurada, y de que de hecho le quedaban ocho días para abonar la segunda cuota trimestral. Pero la Guardia Civil comprobó el registro y, según figuraba en él, la compañía Línea Directa lo había dado de baja. Tuvo que dar de alta uno nuevo.

En los primeros requerimientos judiciales por el expediente administrativo, la compañía reiteró hasta en cuatro ocasiones que en la fecha de la multa el vehículo no estaba asegurado, y que así se lo habían comunicado a la mujer --ella no recibió notificación, asegura-- y al registro.

Unas informaciones que la jueza califica de "insuficientes, incompletas y ambiguas" hasta que, a la quinta, sí reconocieron que habían acordado el fraccionamiento de pago, por teléfono. Aunque no guardaban registro de la conversación.

Como tampoco especifican en qué fecha de diciembre debía pagar la segunda parte --más allá de "a mediados"--, y la mujer dijo que acordaron el 29, la jueza le da la razón y considera que no es cierto que fuera sin seguro. Por ello, anula la multa aunque no impone costas a Tráfico, ya que actuó según la información de la aseguradora.