El Consejo de Gobierno ha dado luz verde este martes al nuevo decreto que regula el uso de desfibriladores automatizados externos (DEA) fuera del ámbito sanitario y que sustituye al decreto de 2006, vigente actualmente.

El decreto recoge la obligatoriedad de instalar, al menos un DEA, en comercios de más de 2.500 m2; aeropuertos y estaciones de tren y autobuses en poblaciones de más de 25.000 habitantes; centros de ocio, deportivos y piscinas con aforo igual o superior a 300 personas; centros educativos; de trabajo con más de 250 empleados; residencias de más de 200 plazas y hoteles con más de 100 y en una patrulla de las policiales locales en los municipios que las tengan.

En la rueda de prensa posterior al consejo de Gobierno, el consejero de Presidencia, Vicente Guillén, ha recordado que como novedad es que además de los médicos, enfermeros y personas que habían recibido formación específica para el uso de DEA fuera del ámbito sanitario, ahora se incluyen los Técnicos en Emergencias Sanitarias.

El resto de personas no relacionadas con el ámbito sanitario deberán estar formadas a través de las entidades acreditadas en Aragón, que deben seguir un programa específico cuyo temario se detalla también en el decreto.

El decreto contempla que en el Mapa Autonómico de ubicación de desfibriladores fuera del ámbito sanitario de Aragón se puedan incluir los desfibriladores dependientes de los Ministerios de Defensa e Interior y la posibilidad de que se puedan instalar DEAS en la vía pública o en lugares a la intemperie, así como en vehículos de transporte público.

En caso de emergencia, si no existiera personal entrenado disponible para el uso del desfibrilador, el decreto recoge que cualquier ciudadano podrá utilizar cualquier dispositivo de la red, siguiendo las instrucciones de los servicios de emergencias, con independencia de la ubicación y de la propiedad o titularidad de los aparatos.

Por otro lado, el Gobierno de Aragón sacará a licitación ante de finales del mes de febrero un Acuerdo Marco para homologar el suministro -mediante arrendamiento y servicio de gestión integral- de una serie de desfibriladores destinados a dependencias de la Administración de la Comunidad Autónoma y entes públicos adheridos.

Las empresas licitadoras deberán estar autorizadas para impartir la formación oficial tanto inicial como continuada que acredita para el uso de los desfibriladores al personal no médico ni de enfermería.