El alcalde de Mallén, Antonio Asín, al que la Sección Sexta de la Audiencia de Zaragoza ha condenado a siete años de inhabilitación para ese cargo y para el de diputado provincial por un delito de prevaricación, podrá presentarse a las elecciones autonómicas y a las generales aunque el Supremo declare firme la sentencia.

No se trata de una decisión graciosa de los magistrados ni de un olvido de las acusaciones, sino de una laguna del Código Penal. Este contempla que los jueces, "atendiendo a la gravedad del delito", puedan imponer a los reos condenados a penas de prisión --deben hacerlo si la pena pasa de diez años-- la retirada del derecho de sufragio pasivo durante el tiempo de duración de la condena. Sin embargo, en los casos de prevaricación solo prevé incapacitar al delincuente para optar durante el tiempo de la condena a cargos "análogos" a los que ocupaba.

RECURSO Fuentes de la Fiscalía explicaron ayer que todavía no han tomado una decisión sobre si recurrirán o no la sentencia, trámite para el que disponen de cinco días hábiles a partir de la notificación de esta a la última de las diez personas que fueron juzgadas en la causa.

Por otro lado, fuentes jurídicas y políticas mostraron su preocupación por los efectos que la doctrina Mallén, la primera resolución que emite la Audiencia en un asunto de presunta corrupción en una empresa pública, pueda tener sobre otros asuntos de este tipo que se encuentran bajo investigación, como los de Plaza o la operación Molinos.

La sentencia, que no sienta jurisprudencia pero sí marca un precedente en un asunto inédito hasta ahora, indica que una venta de terrenos por un "precio simbólico" por una empresa pública --en este caso con un ayuntamiento como socio único-- no puede suponer un delito de prevaricación porque se trata de una "sociedad de capital público perteneciente en exclusiva" al consistorio que "se rige por el derecho privado".

La Sociedad Urbanística Municipal de Mallén, añade, "no es una administración pública sino una sociedad mercantil que se rige por el derecho mercantil y actúa en régimen de empresa privada", por lo que no debe seguir los trámites de licitación.