La Asociación para la Defensa de la Función Pública Aragonesa ha solicitado al Defensor del Pueblo que interponga un recurso de inconstitucionalidad contra el artículo 21 de la Ley de Presupuestos Generales del Estado que limita la incorporación de nuevos trabajadores en la Administración pública.

En una nota de prensa, la entidad señala que dicho artículo establece que durante este año no se no se procederá en el sector público a la incorporación de nuevo personal, salvo la que pueda derivarse de la ejecución de procesos selectivos correspondientes a Ofertas de Empleo Público de ejercicios anteriores.

En el caso de los ámbitos de educación, sanidad, control y lucha contra el fraude fiscal y laboral y control de la asignación eficiente de los recursos públicos, asesoramiento jurídico y gestión de los recursos públicos o servicios de prevención y extinción de incendios, el artículo establece que la tasa de reposición se fijará hasta un máximo del 10 por ciento.

Asimismo se fija que en 2014 no se contratará personal temporal, ni se nombrará personal estatutario temporal o de funcionarios interinos, salvo en casos excepcionales y para cubrir necesidades urgentes e inaplazables que se restringirán a los sectores, funciones y categorías profesionales que se consideren prioritarios o que afecten al funcionamiento de los servicios públicos esenciales.

Esta Asociación entiende que el dicho precepto "lesiona" el contenido esencial del derecho fundamental de acceso a la función pública.

Según la entidad, no es posible que las Leyes de los PGE incluyan en su articulado previsiones "directamente contrarias" a los preceptos constitucionales como es el de acceso a la función pública.

Tampoco ven admisible que, como resultado de esta previsiones que entienden "antijurídicas", se produzca el incremento progresivo de las tasas de interinidad en el conjunto de las Administraciones Públicas, al tiempo que se debilita "de manera indebida" la profesionalidad de la función pública.

Consideran asimismo que compromete "gravemente" el estatuto propio de los servidores públicos, al impedir a una gran parte la garantía de la inamovilidad que se corresponde con el deber constitucional de imparcialidad en el ejercicio de sus funciones.

Motivo por el que instan a que el Defensor del Pueblo promueva un recurso para invalidar el contenido del artículo 21 por ser "contrario" a la ordenación constitucional de la función pública.

También se dirigirán al Justicia de Aragón y al resto de los Defensores del Pueblo autonómicos para que respalden esta petición o, en su caso, insten a sus respectivos gobiernos o parlamentos a la interposición de un recurso de inconstitucionalidad.