La Asociación para la Defensa de la Función Pública ha advertido hoy de que en el caso de que el pleno del Ayuntamiento de Mallén (Zaragoza) vote si su alcalde, Antonio Asín, debe perder su condición de concejal y alcalde podría producir "una grave quiebra del Estado de Derecho".

En una nota de prensa, la entidad hace referencia al pleno convocado hoy en dicho municipio para decidir sobre la continuidad del primer edil, condenado a siete años de inhabilitación pública por un delito de prevaricación administrativa, e incurrir en un supuesto de incompatibilidad para desempeñar sus cargos públicos por previsión expresa de la Ley Orgánica del Régimen Electoral General (LOREG).

La Asociación muestra su sorpresa porque las consecuencias aparejadas a una resolución judicial puedan ser sometidas a votación, lo que, advierte, "podría hacer incurrir a los miembros de la corporación local en un claro desafío a la ley y a los tribunales".

Según esta entidad, la decisión de la permanencia o no en el cargo debería tomarla "preferentemente" el Tribunal que dicta la sentencia condenatoria que afecta al cargo electo.

Además advierten que la LOREG, tras la reforma aprobada en 2011, recoge que "las causas de inelegibilidad lo son también de incompatibilidad", por lo que la condena de inhabilitación para cargo público "supone una incompatibilidad sobrevenida que imposibilita la permanencia o continuidad en el cargo electivo que se venga desempeñando".

Por eso, la Asociación para la Defensa de la Función Pública considera carente de fundamento jurídico que el alcalde argumente que se vulnera la "irretroactividad de las normas" ya que la sentencia condenatoria dictada por la Audiencia Provincial es posterior a la modificación de la LOREG.

Una norma que, recuerdan, tiene como finalidad "impedir" que sigan ejerciendo funciones o cargos electivos aquellas personas condenadas penalmente por los delitos previstos en la Ley, como, señalan, ha sucedido en el caso del alcalde de Mallén.

Para la Asociación, permitir la continuidad en el cargo, sería hacer "prevalecer la legitimidad de origen o de la elección -el voto de los ciudadanos- sobre la legitimidad del ejercicio -el desempeño del cargo con sujeción a la ley-" con lo que se toleraría que las instituciones "estén dirigidas por personas condenadas penalmente, es decir, por delincuentes, corruptos o no".

En este sentido, subrayan que basarse en la fecha de la comisión del delito y no en la de la condena judicial, "llevaría al absurdo de que ediles condenados por delitos contra la administración pública pudieran seguir en el ejercicio de sus funciones, cuando los delitos se hubiesen cometido con anterioridad a 2011".

Y, sin embargo, no podrían permanecer en sus cargos si el delito se hubiera cometido con posterioridad a 2011, "pese a que todos ellos hubieran sido condenados judicialmente".

Según esta asociación, el objetivo de la LOREG es que ninguna persona condenada por delito contra la administración pública e inhabilitada para el ejercicio de cargos públicos pueda ejercer o seguir ejerciendo un cargo electivo.