El juez de la Audiencia Nacional Javier Gómez Bermúdez, en funciones de guardia, no vio delito de terrorismo en el ataque de Daniel Pérez Berlanga, que anteayer por la mañana estrelló su coche con una bomba casera contra la sede nacional del PP en Madrid. Por ello se inhibió en favor de los juzgados convencionales, de plaza de Castilla. Fue entonces cuando la titular del juzgado de instrucción número 32 de Madrid decretó prisión sin fianza.

La jueza Rosa María Freire Pérez considera al detenido presunto responsable de los delitos de estragos, tenencia de explosivos y daños, según anunciaron a última hora de ayer fuentes del Tribunal Superior de Justicia de Madrid (TSJM).

Antes de esta decisión, el juez Bermúdez de la Audiencia Nacional concluyó, en su auto de inhibición, que tras el análisis de las actuaciones "no aparece dato alguno que permita afirmar el carácter terrorista de la acción, en el sentido de que su finalidad hubiera sido desestabilizar el sistema democrático" o "subvertir el orden constitucional". "El mero hecho de alterar la paz pública no determina que sea un delito de terrorismo competencia de la Audiencia Nacional", añadió.

El magistrado recordó que los propios investigadores consideran que el detenido actuó "solo y sin relación ni cooperación, contacto o subordinación a otro y otros, por lo que ha de excluirse en este momento que pertenezca a una organización". Gómez Bermúdez tuvo en cuenta tanto los hechos en sí, como la declaración prestada por Pérez Berlanga ante la Policía, donde dijo que quería atentar contra toda la clase política. También consideró los efectos decomisados en la casa de Bronchales, que a priori avalan que preparó la bomba allí. Pérez Berlanga ni llegó a declarar en la Audiencia.