La Sala de lo Contencioso de la Audiencia Nacional ha desestimado el recurso de reposición presentado por la abogacía del Estado para poder continuar las obras en el embalse de Mularroya (Zaragoza), paralizadas por sendas sentencias de este tribunal y el Supremo.

La Administración presentó el recurso contra un auto de la Audiencia Nacional, de 27 de mayo de 2014, por el que desestimó la petición de continuación de los trabajos del embalse, suspendidos en una sentencia de esta sección, de 10 de junio de 2009, al anular la declaración de impacto ambiental y el proyecto de construcción.

La representación legal de la administración solicitaba en el recurso que, por razones de seguridad, se permitiera la construcción del cuerpo de la presa hasta alcanzar la cota de 454,50 m.s.n.m. y preparar los desagües del fondo de la presa para permitir su puesta en servicio en caso de emergencia.

Al respecto, la Audiencia señala en su auto que "las medidas pretendidas por el representante legal de la administración del Estado van en contra de lo fallado en la sentencia del 10 de junio de 2009".

La ejecución de las sentencias, según el Alto Tribunal, en sus propios términos forma parte del derecho fundamental a la tutela judicial efectiva, ya que en caso contrario "no serían otra cosa que meras declaraciones de intenciones sin alcance practico ni efectividad alguna".

En este sentido, rechaza que se fundamente continuar la construcción en que el nuevo proyecto se está tramitando y en la nueva declaración de impacto ambiental, cuyo contenido se desconoce, según se señala en el auto, que ha hecho publico hoy la Coordinadora de Afectados por Grandes Embalses y Trasvases (COAGRET).

Para esta asociación, los argumentos de la Confederación Hidrográfica del Ebro (CHE) "no han sido suficientes para la Audiencia Nacional, que recuerda la obligatoriedad del cumplimiento de las sentencias de los tribunales de justicia".