La Sección I de la Audiencia de Huesca desestimó ayer los recursos de reposición interpuestos por la parte catalana en el conflicto por la reciente devolución de parte de los bienes del monasterio de Sijena. La Generalitat, el Museo Nacional de Arte de Cataluña y el Consorcio del Museo Diocesano y Comarcal de Lérida solicitaron que se dejara sin efecto la resolución por la que se fijó fecha para la deliberación, votación y fallo del recurso de apelación contra la entrega de las obras de arte a Aragón.

Asimismo, pidieron que se retrotrajeran las actuaciones al momento anterior a la deliberación de la sentencia de segunda instancia, pues consideraban que en un solo día no había tiempo material para aprobar, firmar y notificar la sentencia.

Pero el tribunal, en los fundamentos de Derecho, señala que la fecha fijada era la de «la última deliberación, es, cuando la sala asume el proyecto definitivo de resolución presentado por el ponente». Y este paso es «fruto de las deliberaciones anteriores que han tenido lugar entre los miembros de la sala».

En opinión de Jorge F. Español, letrado del municipio de Villanueva de Sijena, la Audiencia Provincial de Huesca «ha dejado en evidencia a la parte catalana que recurrió la providencia en la que señalaba la fecha para la deliberación, votación y fallo de los recursos de apelación».

Estos recursos fueron desestimados en una sentencia de la Audiencia Provincial de Huesca del pasado 30 de noviembre. Y, a renglón seguido, ese mismo día, la Generalitat alegó que el órgano judicial oscense no había tenido tiempo para debatir la resolución. Pero, para Español, «era una obviedad que la Audiencia había mantenido reuniones previas preparatorias».