La Audiencia Provincial de Teruel ha decretado hoy la inmediata puesta en libertad del farmacéutico de Cariñena (Zaragoza) y el empleado de un almacén de medicamentos que permanecían en prisión preventiva por orden del Juzgado de Instrucción número 3 de Teruel, según fuentes judiciales.

La Audiencia ha dictaminado así sobre los recursos presentados por los abogados defensores de ambos implicados en la conocida como operación Pharmakon, que investiga irregularidades en la venta de medicamentos de farmacias de las provincias de Zaragoza y Teruel, así como en almacenes de otros puntos de España como Granada y Tarragona.

Además, también ha ordenado desprecintar las farmacias clausuradas en Cariñena y Aguilón (Zaragoza).

El juez de Instrucción número 3 de Teruel que lleva el caso acusa a Gonzalo J. de la I., empleado de la mayorista farmacéutica Alliance Heltcare, de los delitos de falsedad documental, contra la salud pública, contra la Hacienda Pública y la Seguridad Social y desobediencia a agentes de la autoridad.

En el caso del titular del titular de la botica de Cariñena, Manuel M.F., el juez le imputa delitos de estafa, de falsedad documental, contra la salud pública y blanqueo de capitales.

Según el juez instructor, el farmacéutico de Cariñena adquiría medicamentos para después introducirlos en el mercado "fuera de los canales que la legislación estipula", lo que ponía "en peligro la salud pública" al perder el control y fiscalidad de los mismos.

Le acusa además de hacerse pasar por mayorista para realizar estas operaciones, "careciendo de autorización para ello dada su condición de farmacéutico, limitándose a comunicar dicha actividad a la Agencia Tributaria y pagar el IAE".

En ambos autos, la Audiencia recoge que "no puede sostenerse una medida cautelar tan grave y restrictiva como es prisión provisional sobre la base de unos indicios que adolecen de una indeterminación patente".

Califica de "vagos indicios" los tipos penales que se imputan a ambos y recuerda que el auto de prisión "reconoce abiertamente que todavía se desconoce la magnitud de los hechos" y la participación de los imputados.

Sobre la adscripción a un grupo criminal que se le imputa a ambos, los magistrados creen "que exige una pluralidad de personas, su carácter estable y la coordinación con reparto de funciones", algo que, según la Audiencia, no se especifica en el auto de prisión, ni "quienes forman parte de ese grupo, ni cuáles son sus vínculos ni tampoco qué función desempeñaría el recurrente".

Los autos recogen además que "tampoco se indica dónde se produce el engaño" del delito de estafa ni "cuál ha sido el desplazamiento patrimonial", así como tampoco se especifica el documento que el recurrente habría falsificado.

En el caso del comercial implicado, el Ministerio Fiscal había estimado parcialmente el recurso presentado por el abogado defensor y solicitado libertad provisional con fianza, "admitiendo abiertamente que la finalidad" para la que se dictó la medida cautelar de evitar que el imputado pudiera interferir en la instrucción, "ha quedado ya vacía de contenido".

Por su parte, en el caso del boticario zaragozano, el Ministerio Fiscal también había solicitado libertad provisional con fianza.

En otros dos autos, la Audiencia ha decidido también revocar la clausura de las farmacias de Cariñena y Aguilón, cerradas por el mismo juez durante esta investigación.

La Audiencia considera que la reapertura de las farmacias "no va a interferir en pruebas documentales ni testificales", y tampoco "parece posible que se vaya a continuar en la comisión de los presuntos delitos".

El Tribunal tiene en cuenta además "los perjuicios que la clausura produce", tanto para el imputado como para los trabajadores y para el servicio público en general, por lo que "la medida no puede considerarse proporcionada".