La fianza impuesta resulta plenamente proporcionada a los datos que en el momento de dictarse la resolución obraban en poder del juez de instrucción". La Sección Sexta de la Audiencia Provincial de Zaragoza avaló ayer en un auto con estas palabras la obligación de afianzar 18,85 millones de euros que el juez Francisco Picazo impuso a los imputados en el caso pagarés: el constructor Agapito Iglesias, el exgerente de Plaza --Ricardo García Becerril--, el exconsejero delegado de la empresa pública y exviceconsejero de Obras Públicas de la DGA --Carlos Escó-- y el exdirector técnico del complejo logístico, Miguel Ángel Pérez.

La Audiencia desestima el recurso que la defensa de Iglesias presentó contra la imposición de la fianza, de carácter civil y destinada a cubrir las posibles responsabilidades pecuniarias derivadas de una eventual sentencia condenatoria. Tiene carácter conjunto y solidario para los encartados.

El tribunal avala la proporcionalidad de la medida adoptada por el magistrado del Juzgado de Instrucción número 5.

CONGRUENCIA

La defensa del accionista mayoritario del Real Zaragoza SAD mantiene que el perito que elaboró el informe en el que el juez basa la fianza, y en el que los actuales responsables de Plaza basaron la denuncia que dio pie al proceso, solo considera incongruente una certificación complementaria de 6,65 millones de euros.

La Audiencia rechaza esa tesis y recuerda que las obras --la construcción de las naves de Autocity-- fueron adjudicadas por 14,52 millones y liquidadas por 32,39, mientras que el perito concluyó que "no se encuentra justificación" para 4,36 millones abonados por certificaciones ordinarias ni para otros 3,75 por revisiones de precios y sobrecostes. El informe cifra en 17,81 millones de euros el exceso de precio en una obra adjudicada "sin que cupiese modificación de precios y modificación de ningún tipo conforme (al) pliego y (al) contrato".

"Aun en el mejor de los casos para los imputados --señala--, de considerar las cantidades abonadas en exceso por esos conceptos respecto del contrato (...) lo fueron para abonar los costes de obra, para procurar la continuidad de la empresa, o para el buen final de las obras, al margen de lo establecido en el contrato, lo que en ningún caso estaría justificado sería la certificación complementaria de 6.655.333 euros".

La Audiencia anota que la fianza permite conjurar el riesgo de que los imputados "pudieran realizar actos tendentes a elidir la responsabilidad patrimonial" que pudiera derivar de la causa".