El Ayuntamiento de Alagón ha sido condenado por los ruidos y molestias ocasionados a los ocupantes de una vivienda por dos peñas ubicadas en una casa de la calle del Tenor Fleta. El Juzgado de lo Contencioso-Administrativo número 5 ha impuesto al consistorio una indemnización de 12.000 euros que deberán abonar a los perjudicados por los sufrimientos morales y físicos padecidos en distintos periodos de los años 2012, 2013 y 2014.

Asimismo, la justicia obliga a la corporación a clausurar los locales, "en tanto se destinen a la actividad de peña sin ajustarse a lo prevenido en la ordenanza" que regula este tipo de establecimientos. Además, el ayuntamiento deberá "adoptar medidas eficaces para evitar las molestias por ruidos ocasionados por la concentración de jóvenes en la calle" y, de mediar denuncia, deberá tramitar las sanciones correspondientes a los infractores.

La sentencia valida la tesis defendida por la abogada de la familia perjudicada, Sonia Badía, en el sentido de que, pese a las repetidas denuncias de los residentes, el consistorio actuó con "una inactividad o pasividad evidente" ante los problemas generados por los peñistas, que ejercían una actividad para la que carecían de las preceptivas licencias municipales.

La resolución, que es recurrible, estima parcialmente el recurso interpuesto por las personas que vivían junto a los locales de las peñas y recuerda al consistorio que, a tenor de la normativa, le corresponde "ejercer el control del cumplimiento de las actuaciones para la protección del medio ambiente contra perturbaciones por ruidos y vibraciones".