Diez días hábiles son los que les quedan a los vecinos que pretendan reclamar contra la Administración pública. Según el artículo 142.5 de la Ley 30/1992 dedicado a la Responsabilidad patrimonial de la administración pública: "El derecho a reclamar prescribe al año de producido el hecho o el acto que motive la indemnización".