Los cinco juzgados de la jurisdicción Contencioso Administrativa de la provincia de Zaragoza han avalado la supresión del pago de las vacaciones de verano a los maestros y profesores interinos de los centros de enseñanza pública pese a que los acuerdos sociales contemplaban su liquidación cuando estos hubieran trabajado cinco meses y medio a lo largo del curso.

Esta medida fue adoptada por el Departamento de Educación de la DGA el año pasado por vez primera y en contra de sus propios planteamientos.

La consejería que dirige Dolores Serrat emitió a partir de setiembre del 2012 una serie de resoluciones en las que, al efectuar el nombramiento de los interinos que ocupaban plazas vacantes, indicaba que estos permanecerían en plantilla con todos los derechos hasta el 31 de agosto de ese año siempre que hubieran trabajado durante cinco meses y medio

Sin embargo, una disposición adicional incluida en la Ley de Presupuestos, aprobada con los votos del PP y el PAR, dejó en la práctica sin vigencia a partir de enero del año pasado los acuerdos cerrados en julio del ejercicio anterior por la DGA y los sindicatos, que contemplaban el pago de las nóminas de los meses de vacaciones con la condición señalada.

RECURSOS Numerosos interinos recurrieron la modificación de sus nombramientos, que fue el cauce elegido por el Departamento de Educación para aplicar el recorte, bien de manera individual bien a través de los servicios jurídicos de las centrales sindicales --CCOO canalizó el grueso de las impugnaciones--. Sin embargo, ninguna de esas demandas ha prosperado en la provincia de Zaragoza.

Los juicios, que comenzaron a celebrarse en febrero, seguían llegando esta semana a las salas de vistas de la Ciudad de la Justicia. El resultado ha sido el mismo en todos ellos: desestimación de la demanda al considerar los cinco jueces de lo Contencioso que la DGA no vulneró la ley al recortar los sueldos porque se trataba de una medida contemplada en una ley, cuyo rango normativo es superior al de un pacto laboral.

Esas sentencias de primera instancia no son recurribles. Dos motivos impiden llevarlas ante la Sala de lo Contencioso Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Aragón (TSJA). Por una parte, ningún juez ha aplicado una interpretación diferente de la ley, lo que permitiría apelar a la instancia superior. Y, por otra, el hecho de que la cuantía de los pleitos sea inferior a 30.000 euros --las demandas eran individuales y no en bloque-- impide elevar las resoluciones a la Sala del TSJA.

La supresión del cobro del verano afectó, según las estimaciones de los propios sindicatos, a alrededor de 2.000 interinos y supuso un ahorro de unos 12 millones de euros para la Administración, que admitió que no podía mantener el presupuesto tras la reducción en 50 millones de euros del presupuesto de la comunidad de cara al 2013 y la rebaja superior al 10% en las cuentas del departamento.

AFECTADOS La medida provocó numerosas concentraciones de protesta del personal interino y los propios sindicatos, además de formaciones políticas. Incluso decenas de ellos se apuntaron al paro como protesta por no cobrar el verano, lo que fue utilizado por el Gobierno aragonés para justificar el incremento del desempleo en la comunidad el pasado verano.

La reivindicación exponía que muchos de los profesores eligieron vacantes en zonas rurales para asegurarse un puesto continuo durante todo el curso académico, aunque fuera a media jornada, porque pensaban que en verano iban a tener el colchón económico de seguir cobrando estos tres meses.