El Depósito Municipal custodia desde hace ya más de un año, por orden del Juzgado de Instrucción número 4 de Zaragoza, la monovolumen de una mujer con la que su compañero de aquellas fechas, que no tiene carnet de conducir, circuló en estado de embriaguez.

J. F. G. tiene antecedentes por hechos similares, ya que había sido condenado por conducir sin carnet en el 2010 y, de nuevo, en el 2011. En enero del año pasado añadió a su historial la tercera sentencia, por ese mismo delito y por otro de alcoholemia.

Su detención conllevó la intervención del automóvil, un Citröen C-4 Gran Picasso, como instrumento del delito, una norma que la Policía Local de Zaragoza aplica desde su implantación en diciembre del 2010. Dos días más tarde, en un juicio rápido celebrado ante el Juzgado de Instrucción número 4, J. F. G. aceptaba la condena, cuyo cumplimiento ya ha liquidado.

Sin embargo, su entonces compañera, madre de cuatro hijos, todavía no ha podido recuperar la monovolumen, ya que la sentencia emitida por la jueza Soledad Alejandre incluía el comiso del automóvil. La magistrada del Juzgado de lo Penal número 3, Milagros Rubio, así lo ejecutó.

Peticiones

Varios letrados han intentado, hasta ahora sin éxito, recuperarlo por la vía de la petición, que la jueza ha rechazado y sobre la que la Fiscalía ha emitido informes desfavorables: se trata de un trámite de ejecución de una sentencia, y en este caso el órgano sentenciador no tiene más remedio que atenerse al pronunciamiento que le remite el tribunal enjuiciador. Ahora, el penalista Juanjo Serra va a tratar de desencallar el asunto mediante un recurso de nulidad que presentará en los próximos días.

La mujer necesita el vehículo para atender a sus hijos, ya no es pareja de J. F. G. y, según sostiene, ella no le habría dejado sentarse al volante en caso de haber visto el estado en el que se encontraba.

La dueña del monovolumen es lo que en términos jurídicos se considera un tercero de buena fe que, además de ostentar la titularidad, paga el seguro de responsabilidad civil del vehículo y que no tuvo ninguna participación en la infracción por la que su excompañero fue condenado.

Por otro lado, J. F. G. cometió con otros automóviles los delitos por los que fue condenado en las otras dos ocasiones por conducir sin carnet.