Antonio Muñoz Rico, el que fuera auxiliar del entrenador por unos meses del equipo de alevines en el Club Natación Helios, pasará una larga temporada en prisión por abusar sexualmente de ocho niños. El Tribunal Superior de Justicia de Aragón (TSJA) acaba de confirmar la condena de 16 años de prisión que en su día le impuso la Audiencia de Zaragoza y que fue recurrida.

Los hechos por los que ha sido castigado penalmente se remontan a febrero del 2018 cuando el acusado practicó tocamientos a los menores que tenían entonces entre 11 y 12 años, asegurando que era fisioterapeuta cuando no lo era. Dijo a los jugadores que tenía que hacerles un reconocimiento para elaborar unas fichas sobre sus características físicas, tales como su talla, estatura y peso, además de comprobar si tenían lesiones, hernias, o problemas de corazón y pulmón. Para ello fue llamando uno a uno a los jugadores, quienes entraron en el vestuario, quedándose a solas con el acusado.

Una vez ahí dentro, les dijo que les iba a hacer unas pruebas para lo cual tenían que tumbarse sobre una mesa tipo escritorio y comenzó a hacerles tocamientos y palpaciones «con la finalidad de satisfacer su instinto sexual».

El TSJA destaca en la sentencia que el acusado «no es fisioterapeuta» y que «había firmado un compromiso de acción voluntaria como auxiliar de entrenador de fútbol para la temporada 2018-2019 si bien realizó funciones de entrenador». No obstante, no estaba previsto que renovara para la temporada 2019-2020.

En el protocolo del club se establecía que los reconocimientos de los jugadores se hicieran conjuntamente por dos entrenadores y con todos los chicos a la vista, no estando el acusado autorizado para realizar dicha tarea que asumió.

La abogada del acusado recurrió el fallo, señalando, entre otras cuestiones, que las versiones de los menores fueron contradictorias y que no reúnen los requisitos exigidos para que sean consideradas como prueba de cargo. No lo admite el Alto Tribunal porque «se trata de declaraciones de niños en los que no aparece en absoluto la existencia móviles espurios y que son creíbles». Esta sentencia no es firme.