La Audiencia de Zaragoza ha condenado a 5 años de prisión a un hombre como responsable de la agresión sexual y lesiones sufridas por una mujer a finales de 2007 en un descampado situado en el interior del casco urbano de Zaragoza.

La agresión fue denunciada de forma inmediata por la víctima, que tenía en esos momentos 25 años, aunque el sospechoso, Gabriel P., de nacionalidad rumana, no fue localizado y detenido hasta julio de 2016 en Francia.

En su sentencia, el tribunal zaragozano aplica una atenuante muy cualificada por una dilación indebida en el procedimiento que atribuye al juzgado de instrucción, ya que a pesar de que la cooperación policial identificó el perfil genético del acusado en Francia en 2011, la orden de detención no se cursó hasta 2016.

Esta atenuante supone una rebaja de la condena que va desde los 11 años de cárcel solicitados por la fiscalía hasta los 5 finalmente impuestos por el tribunal al procesado, condenado, además, a pagar a su víctima 19.320 euros por las lesiones y los daños morales causados.

El relato de hechos probados se inicia sobre las 21.00 horas del una noche de noviembre de 2007 en el albergue municipal de Zaragoza, en el que la joven se presentó con la intención de cenar y de pasar la noche.

El tribunal considera probada que al serle negada la entrada debido a que se había pasado ya la hora de los ingresos, la mujer se desplazó a un parque cercano para pasar la noche, donde se encontró a un usuario del albergue junto al acusado.

El procesado, añade la sentencia, arrastró a la joven a un descampado situado entre la plaza Tenería y la calle Alfonso V y comenzó a manosearla al tiempo que le golpeaba en la cara.

Tras perder el conocimiento, de acuerdo con los hechos considerados como probados por la Audiencia de Zaragoza, el acusado la tumbó en un viejo colchón y la violó.

El tribunal cuestiona la versión del acusado al afirmar que la relación fue consentida por su víctima previo pago de una cantidad pactada.

Frente a este relato, los magistrados valoran la "serenidad y coherencia" de la denunciante en su testimonio a pesar del tiempo transcurrido, así como un parte de lesiones que consideran "coherente" con la agresión denunciada.

Respecto al delito de hurto imputado por el fiscal de dos joyas que portaba la víctima, el tribunal aprecia que la calificación jurídica debería ser más bien de robo con violencia, pero acuerda finalmente absolver al procesado ante la falta de pruebas de su autoría.