Carlos Martín de los Santos Gay ha sido condenado a diez meses de prisión por agredir a su pareja en la vivienda que ambos compartían, pero ha sido absuelto del delito de detención ilegal por el que, según la Fiscalía y la víctima, debía pasar casi seis años más entre rejas. Los magistrados de la Sección Primera de la Audiencia Provincial de Zaragoza no tienen dudas de que el hombre agredió a su pareja, pero su testimonio no confirmó que estuviese retenida.

Según recogen los hechos probados, De los Santos recibió a su pareja, que iba a buscar unos documentos a su casa común del barrio de La Paz, dándole golpes delante de sus hijas -de una relación anterior-, mientras le decía «te voy a desnucar» y «te voy a meter a puta». A patadas y golpes la obligó a meterse en la habitación. Desde allí, ella llamó a su exsuegra, que fue a buscar a las niñas. Y dos días después, cuando vio al agresor dormido, la mujer encontró las llaves en su cuarto y se marchó.

Los jueces ven probada la agresión, por las lesiones de la víctima y porque las propias niñas contaron a su abuela que no estaba enferma, como decía el agresor, sino que le había pegado. El lupus que padece ella, certificó la forense, no produce esas heridas.

Sin embargo, dado que algún amigo la vio en la casa con normalidad y tenía un móvil con el que publicar en Facebook, como así hizo, absuelven al hombre, defendido por Marina Ons, de retenerla y hurtarle el móvil.