Un hombre de 37 años se conformó ayer en la Audiencia de Zaragoza con una condena de cuatro años y seis meses por captar y utilizar a 26 chicas menores de 16 años para la elaboración de imágenes pornográficas que luego eran difundidas por las redes sociales en toda España. El abogado de V. T. A. llegó a un acuerdo con la fiscal y con el acusador particular, Diego Crespo, de forma que la vista oral prevista en la Sección Tercera no se llegó a celebrar.

Inicialmente, el acusado se enfrentaba a 26 delitos de embaucamiento de menores (posteriormente retirados por la fiscala) y otros tantos de captación de menores para la elaboración de material pornográfico, por los que se exponía a dos años de cárcel por cada uno de los primeros y a seis por cada uno de los segundos.

Según las acusaciones, utilizando medios como Instagram y Whatsapp y haciéndose pasar por una menor, V. T. A. logró engañar a 26 chicas a las que hizo creer que era otra joven de su edad.

«Les enviaba fotos en actitud erótica, supuestamente suyas, y a cambio les pedía a ellas otras de carácter similar», explicó el acusador particular, que indicó que el escrito de acusación había sido elaborado por Cristina Lorda.

El intercambio de ese tipo de imágenes se realizó entre los años 2014 y 2015 y, al parecer, había más víctimas del engaño, «pero muchas de ellas no quisieron presentar denuncia», aseguró Crespo. La Policía entró en el domicilio del sospechoso el 14 de abril del 2015 y realizó un registro en el que se incautó de material que sirvió para incriminarle posteriormente.

ATENUANTE MUY CUALIFICADA

Antes de la comparecencia de ayer, la defensa del imputado consignó el pago de 26.000 euros en concepto de indemnización a las víctimas, lo que valió al acusado la aplicación de la atenuante muy cualificada de reparación del daño. La condena incluye además seis años de inhabilitación para trabajos y profesiones relacionados con menores de edad y a cinco años de alejamiento de las víctimas una vez cumplida la pena de cárcel.

Por otro lado, el ministerio fiscal optó por retirar uno de los dos delitos imputados al acusado, el recogido en el artículo 183 del Código Penal, sobre abusos a menores, dado que en su última redacción no estaba en vigor en la época en la que ocurrieron los hechos.