Félix P. C. ha sido condenado a once años de prisión por violar a su hija de 13 años, cuando ambos se encontraban solos en una habitación de la vivienda de Azuara que ocupaban provisionalmente. Los magistrados le aplican la condena que pedía el fiscal, por un delito de agresión sexual agravado prácticamente al máximo que permite el código penal por tratarse de una menor, de un pariente y por ser una violación completa, con penetración.

Los hechos que la Sección Sexta de la Audiencia Provincial de Zaragoza considera probados ocurrieron en la noche del 20 de diciembre del 2015, cuando la familiia estaba viviendo provisionalmente en casa de un amigo en Azuara. El padre estaba solo con la hija y los dueños de la casa ese día, y volvió a la misma, bebido, sobre las 2.30 horas del día 21.

Una vez allí, se metió al dormitorio que compartía con su hija pero en la cama de esta, comenzando a realizarle tocamientos que acabaron e npenetración. Ante ello, la menor se quedó bloqueada «por efecto del miedo», recoge el fallo. «No me lo podía creer», explicó la joven durante el juicio.

A la mañana siguiente, la chica se fue a Zaragoza para acudir a un acto lectivo y le contó lo sucedido a unas amigas, y luego a su hermana y a unas profesoras, y el padre de una compañera la trasladó al Servet, donde constataron que presentaba rotura del hímen y pequeñas lesiones en los genitales compatibles con una penetración. Además, el análisis genético de sus bragas y la sábana bajera de la cama presentaba perfiles de ADN de la niña y su padre.

El condenado afirmó en el juicio que no recordaba nada porque iba borracho, pero también que era inocente, y la madre le apoyó, aduciendo que la niña tenía animadversión contra ellos. Los magistrados recogen que la joven tiene trastornos psicológicos derivados de un mal ambiente familiar (alcoholismo y depresiones de los padres), pero a su juicio esto no resta credibilidad al relato de la menor.

Más aún, exponen, cuando su testimonio viene corroborado por las pruebas físicas y genéticas aportadas al proceso.

Por ello, condenan al hombre a los once años de cárcel, que se verán incrementados por otros siete de libertad vigilada cuando termine su internamiento, y la perdida de la patria potestad respecto a su hija durante tres años. Además, deberá indemnizar a la víctima con 7.000 euros por las secuelas psicológicas que padece, un trastorno depresivo que no le afecta gravemente en su vida diaria.