El Tribunal Constitucional ha decidido rechazar el recurso contra el Impuesto de Contaminación de las Aguas que interpusieron el grupo parlamentario de Podemos y la Red de Agua Pública de Aragón

El recurso consistía en una supuesta inconstitucionalidad de varios apartados del artículo 5 de la Ley 2/2016, de 28 de enero, de Medidas Fiscales y Administrativas de la Comunidad de Aragón, modificatorios de la Ley 10/2014, de 27 de noviembre, de Aguas y Ríos de Aragón y basados en la vulneración del principio de autonomía local, de los principios rectores de la imposición medioambiental de las normas europeas, en especial los principios de recuperación de las inversiones y quien contamina paga.

El Tribunal considera que este impuesto no pone en peligro el principio de Autonomía Local (El recurso defendía que las competencia de saneamiento y abastecimiento de agua urbana, correspondían a los ayuntamientos y el Gobierno autonómico invadía estas competencias).