Las Cortes de Aragón trasladarán al Congreso una proposición de ley de reforma del Código Civil para que no se pierda de manera automática la vecindad civil tras diez años de residencia en otra Comunidad con el objetivo de que los aragoneses se puedan seguir aplicando el derecho civil aragonés.

La propuesta, que ha aprobado hoy el pleno de las Cortes por unanimidad a iniciativa del PAR, plantea la modificación de los artículos del Código Civil 14.3 y 14.5, que afectaría a todos los españoles, para que la vecindad civil se adquiera por residencia continuada durante dos años siempre que el interesado manifieste esa voluntad.

También, ha explicado el portavoz del PAR, Alfredo Boné, para que los hijos, cuando cumplan 14 años y en un plazo de cinco años desde su emancipación, en lugar de uno, puedan optar por la vecindad de nacimiento o por la que hubieran tenido cualquiera de los padres, no solo la última.

Hasta ahora, pasado el plazo de diez años, se asume la vecindad de la Comunidad donde se resida salvo que expresamente se manifieste lo contrario por escrito.

La vecindad civil, ha explicado Boné, es la que ampara la aplicación del derecho foral aragonés, de forma que a los ciudadanos que mantengan su vecindad civil aragonesa les será de aplicación en cuestiones como el régimen matrimonial, la familia, la viudedad, las herencias o la custodia compartida.

Además, la proposición de ley incluye una enmienda de CHA para que también puedan recuperar la vecindad civil quienes ya la hayan perdido.

Así, se plantea que quienes hubieran perdido su vecindad civil a causa de la adquisición de otra por residencia continuada de diez años sin declaración en contrario, podrán recuperarla formulando una declaración ante el Registro Civil en el plazo de cinco años desde la entrada en vigor de la presente ley.

Esa declaración se tendrá que hacer constar en el Registro Civil, no necesitará ser reiterada y no podrá ser revocada por el interesado.