La custodia compartida va ganando terreno poco a poco en Aragón y ya es una opción consolidada en los divorcios y separaciones que se registran en la comunidad. Así, y aunque mayoritariamente siguen siendo las madres quienes se hacen cargo de los hijos, cada año que pasa aumentan los casos en los que se opta por esta solución. Para ello, la entrada en vigor hace ocho años de la conocida como, precisamente, ley de custodia compartida, supuso un impulso fundamental. Propuesta por el PAR en el 2010, la norma fue aprobada en las Cortes de Aragón en mayo y entró en vigor el 8 de septiembre. Desde entonces, las parejas en las que se aplica esta medida aumentan cada año.

Prueba de ello es que, de los 1.232 divorcios contabilizados en Aragón en el 2017 que debieron determinar la custodia, en 515 de los casos se optó por la fórmula compartida, según constatan los datos del Instituto Nacional de Estadística (INE). Esto supone un 41,5% del total, que se traduce en un aumento de casi tres puntos porcentuales si se compara con el resultado del año anterior, cuando alcanzó el 38,6%, y del 7,4% respecto al 2015, cuando llegó al 34,1%. Además, las cifras de años anteriores constatan el incremento constante de su aplicación desde el 2010.

adaptación / Para la abogada especializada en Derecho de Familia Araceli Esteban, esta medida se consolida «cada vez más», ya que los juzgados suelen conceder la custodia compartida «como primera opción, salvo que las circunstancias del caso concreto indiquen lo contrario». La abogada opina sobre la ley que la regula que, aunque hay aspectos que se podrían mejorar, se trata de un texto legal «correcto». «Me parece muy normal en los tiempos que corren que el padre y la madre tengan la misma posibilidad de estar con sus hijos, que no haya diferencias», señala Esteban. No obstante, apunta que existen «casos concretos» en los que no resulta «viable» la aplicación de la custodia compartida aunque la norma las ampare, situaciones en los que resulta «totalmente desaconsejado».

Además, señala otras trabas a las que se ha enfrentado la aplicación de la norma, como que algunos padres vieran esta posibilidad como una salida para no pagar la pensión de alimentos. Aún con todo, considera que la teoría «está muy bien» y su aplicación práctica se está realizando «en función del caso concreto». Además, recuerda que, por encima de todo, «hay que pensar siempre en el interés de los niños».

En ese sentido, la entrada en vigor de la norma, llamada concretamente Ley 2/2010 de Igualdad en las Relaciones Familiares ante la Ruptura de Convivencia de los Padres, encontró las reticencias de asociaciones de familias que discreparon de sus efectos positivos. Es el caso de la asociación Custodia en Positivo, entidad que en el 2013 solicitó en las Cortes de Aragón que se aplicara la custodia compartida solo si existe un acuerdo previo entre los padres o si había pruebas fehacientes que demostraran que se trata de lo mejor para el menor. Además, proponían que se estableciera una edad mínima de 6 años para su aplicación.

La experta en Derecho Familiar considera que habría que pulir la idea que transmite la ley acerca de su ejecución, en el sentido de que, aunque abogue por un reparto equitativo, habría que dejar claro que existen casos en los que no se puede aplicar. «Una mala custodia compartida, a quien perjudica es a los menores», recuerda, y añade que, aunque supone un porcentaje menor, algunos padres o madres «para fastidiar (al otro cónyuge) piden la custodia compartida». «No son capaces de pensar en el beneficio de sus hijos; en un divorcio hay muchas cosas», describe.

Otro de los aspectos negativos que se han achacado a esta ley es la demora que supuestamente ha provocado en la espera para ir a juicio. Al respecto, la abogada señala que «los litigios de familia se alargan mucho en el tiempo» aunque no acierta a precisar si se debe a la aplicación de esta norma o a otras cuestiones relacionadas con la Justicia. Además, describe que en estos casos se solicita un informe psicosocial que puede tardar meses en realizarse. Cabe señalar al respecto que, en el primer año de vida de la ley, se dobló la espera para juicio y la revisión de sentencias anteriores a su vigencia amplió la demora de los informes psicológicos de los cuatro a los ocho meses.

No obstante, Esteban también observa el lado positivo de la ley, consistente en que los padres tengan la posibilidad de un «reparto equitativo», disfrutar de sus hijos y ejercer su función parental, en contraste con lo que sucedía anteriormente, cuando la custodia era para las madres en la gran mayoría de los casos. También, que se haya normalizado esta posibilidad en el seno de la sociedad.

diversidad / En lo que respecta al país, pese a que no existe consenso político ni legislación uniforme en torno a la mejor opción para los hijos tras un divorcio, la custodia compartida, poco a poco, se está abriendo paso en España. Una de cada tres separaciones acabaron en el 2017 con la decisión de que los niños deben pasar el mismo tiempo con la madre que con el padre (el 30,2%), casi el triple que hace 10 años, cuando apenas se optaba por esta solución en el 9,7% de las separaciones.

No obstante, los porcentajes de aplicación son muy distintos en función del lugar de residencia de la pareja. Hay expertos que hablan incluso de dos Españas en materia de custodia. Por un lado, en la vertiente más mediterránea -Cataluña, Valencia y Baleares, pero también Aragón, País Vasco, Navarra y La Rioja- la custodia compartida se aplica entre un 25% y un 50% de los casos. En el resto de España los porcentajes son mucho más bajos, especialmente en Extremadura o Murcia, donde no llegan al 15% de los divorcios.

Con la intención de acabar con la desigualdad entre regiones, Ciudadanos ha registrado en el Congreso una ley que promueve la custodia compartida como opción «preferente», como sucede en Aragón. La norma no tiene muchas posibilidades de ser aprobada, puesto que el Gobierno y el PSOE rechazan cambiar la situación actual, en la que el Código Civil establece que si no hay acuerdo entre los padres, los jueces deben optar por este régimen de cuidados de forma «excepcional». No obstante, el Tribunal Supremo dio la vuelta a la situación en el 2013 hasta el punto de considerar «normal y deseable» los cuidados compartidos, teniendo en cuenta el bien del menor, haya o no acuerdo entre los padres.El fallo provocó que Alberto Ruiz Gallardón, en su etapa como ministro, impulsara un anteproyecto de ley de custodia compartida para llevar a la legislación la jurisprudencia del tribunal.

La norma no fue aprobada y tampoco vio la luz durante el segundo mandato del PP, pese a que era uno de los puntos del acuerdo de investidura con Ciudadanos. De ahí que el partido naranja haya impulsado su propia propuesta legal, con el argumento de que «si los niños nacen con custodia compartida, esta debe ser una opción preferente en los divorcios, salvo en casos de violencia machista», según explica la portavoz de Cs en la materia, Melisa Rodríguez.

El PSOE rechaza este planteamiento y culpa a Ciudadanos de querer «imponer» este tipo de corresponsabilidad. En opinión de Ángeles Álvarez, portavoz socialista de Igualdad en el Congreso, «lo prioritario en un divorcio es que los padres negocien, y cuando haya litigio, que decida el juez» en función de las circunstancias. Es decir, aboga por que continúe el modelo actual, al igual que el PP.