El abogado de la defensa del joven guatemalteco Jonathan Witmar Berreondo Noriega ha cuestionado este martes el veredicto del jurado que motivó la condena de su cliente a 20 años de prisión como autor del denominado 'crimen de la maleta', un asesinato de índole sexual ocurrido en Zaragoza en el 2017, y ha vuelto a incriminar a una tercera persona como autor material de los hechos.

Durante la vista celebrada en el Tribunal Superior de Justicia de Aragón (TSJA), este letrado, Javier Cestero, ha explicado que el principal motivo del recurso interpuesto contra la condena era evidenciar la "falta de motivación" del veredicto emitido del jurado y su reflejo posterior en la sentencia.

Ha comentado que los miembros del jurado no entraron a valorar la mayor parte de los hechos que podrían haber suscitado "controversia" en favor del procesado, en concreto la posible participación de una tercera persona identificada como "Emilio el cordobés" que presuntamente habría asesinado a la víctima a martillazos en la cabeza.

El acusado, que ha asistido a la vista a través de videoconferencia desde la prisión en la que está ingresado, fue juzgado el pasado mes de noviembre por un jurado popular, que le consideró autor del asesinato de un transportista madrileño de 48 años con el que contactó a través de una página web de contactos homosexuales.

Jonathan Witmar Berreondo Noriega, que acababa de ser absuelto en su país de un asesinato de carácter sexual, se instaló en Zaragoza en 2017 y, como él mismo reconoció en sus declaraciones, comenzó a prostituirse y a alquilar habitaciones en su domicilio para parejas sado.

El jurado consideró en su veredicto que el procesado asesinó a martillazos en la cabeza a su víctima después de mantener relaciones sexuales asesinó a martillazos en la cabeza a su víctima después de mantener relaciones sexualesy que luego metió el cuerpo en una maleta de grandes dimensiones que guardó en un armario empotrado de su domicilio.

En su intervención ante el TSJA, el letrado de la defensa ha insistido en las pruebas rechazadas por el jurado durante el juicio al afirmar que el procesado siempre mantuvo su versión de participación de una tercera persona, cuyo móvil fue posicionado por los investigadores en la zona del crimen.

También ha cuestionado el informe de los forenses, para quienes el crimen, a tenor de las salpicaduras de sangre producidas, fue cometido por una persona que sentó a horcajadas sobre la espalda de la víctima mientras dormía.

Una tesis que llevó al jurado a descartar la presencia de una tercera persona que habría golpeado desde un lateral de la cama a la víctima mientras ésta agredía al acusado a horcajadas sobre él. El letrado de la defensa ha argumentado que los forenses, en lugar de detallar como se produjo el asesinato, apuntaron a la responsabilidad de su cliente al descartar de forma definitiva la participación de una tercera persona.

A su juicio, "el jurado debería de haber incidido en su veredicto en las razones del porqué acogía únicamente las tesis de las acusaciones".

En su impugnación al recurso, el fiscal no sólo ha descartado que el veredicto que fundamentó la condena estuviera carente de motivación sino que el jurado que lo emitió se mantuvo "muy proactivo" durante el transcurso del juicio.

Ha recordado que el jurado descartó la participación de "Emilio el cordobés" en el crimen ya que el posicionamiento de su teléfono durante los hechos, entre dos antenas, le proporcionaba una franja de 20 minutos para llegar a la vivienda del acusado, llevar a cabo el asesinato y situarse inmediatamente después en una zona de la ciudad situada a unos veinticinco minutos de este escenario.

El ministerio público ha defendido el informe de los forenses, quienes, ha subrayado, se limitaron a explicar como se produjo el crimen, con el asesino sentado a horcajadas sobre la víctima y no al contrario.

Por su parte, el letrado de la acusación particular, en nombre de la familia de la víctima, el abogado José Luis Melguizo, ha insistido en los razonamientos del fiscal y ha criticado el intento de la defensa de "pretender revisar la valoración de la prueba y el veredicto razonado del jurado".

En contra de lo mantenido por el defensor, ha destacado que el procesado incurrió en múltiples contradicciones , hasta que en febrero de 2019 incriminó a una tercera persona que, ha destacado, en todo momento se mostró colaboradora con la justicia.

"Si el posicionamiento de su móvil estaba en la antena de la zona donde estaba la casa del acusado, esto no quiere decir que estuviera en el portal sino que estaba cerca porque trabajaba en una obra del entorno", ha resaltado este letrado.