La magistrada del juzgado Contencioso Administrativo número 5 de Zaragoza, en un auto dictado este viernes, ha desestimado adoptar las medidas cautelares que le solicitaba el Comité de Empresa y el Comité de Huelga de Fomento de Contratas y Construcciones S.A. Parques y Jardines contra el Ayuntamiento de Zaragoza por los servicios mínimos decretados por la vicealcaldesa, Sara Fernández, el pasado 17 de enero de 2020.

En concreto, la magistrada ha advertido de que en este momento procesal --el de la adopción de una medida cautelar-- no corresponde entrar en el fondo del asunto, ya que "es necesario un análisis --de las cuestiones planteadas-- que no puede realizarse en fase cautelar. La consideración del servicio de parques y jardines como esencial o no, también es una cuestión que se refieren al fondo del asunto y será en la sentencia donde deba resolverse".

Dicho esto, la juzgadora ha expuesto en su auto que los servicios mínimos establecidos por el Ayuntamiento afectaban 54,6 empleados, es decir, al 22,75 por ciento del total de la plantilla, lo que entiende como "indicio objetivo de proporcionalidad".

También ha valorado que los servicios mínimos se han establecido atendiendo al carácter de servicio público y procurando evitar los problemas que afecten a la salud pública, a la de las personas y al medioambiente.

Los trabajadores, en el escrito presentado a la magistrada, discrepan sobre la determinación de los servicios mínimos por razón de salud pública y de algunos de los servicios por razones de seguridad de las personas y medioambientales. A estos argumentos responde la magistrada que los servicios mínimos propuestos por el Comité de Huelga no contemplan trabajadores para la limpieza diaria de las zonas verdes, limpieza en la que se incluyen papeleras, ni contemplan que haya trabajadores para la limpieza diaria de las áreas de juegos infantiles.

RESTOS DEL 'BOTELLÓN'

Asimismo, ha subrayado que el Comité de Huelga no contempla ningún servicio en lo que respecta a la limpieza de los restos del "botellón" los domingos y "eso significa que los residuos y cristales no se limpiarían durante la jornada de domingo en ninguna de las 44 áreas de botellón localizadas en la ciudad durante la huelga indefinida, incluyendo áreas de juegos infantiles" y que respecto de la limpieza en sábados, el Comité de Huelga, tampoco ha contemplado ningún servicio mínimo y todo ello puede provocar, a su entender, problemas de salud, insalubridad y seguridad en las personas.

Por todo ello, ha denegado la medida cautelar solicitada por los trabajadores y les anuncia que contra esta resolución cabe recurso de apelación ante el mismo órgano con un plazo de 15 días.